Impuesto de Sucesiones
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
Papeleo, plazos e impuestos: eso lo llevamos nosotros.
Asesoramos en aceptación, renuncia y partición de herencias para clientes de La Acebeda atendiendo presencialmente en Madrid o de forma totalmente telemática.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Una herencia mezcla trámites, dinero y relaciones familiares, y esa combinación rara vez es fácil. Nosotros nos encargamos del expediente completo y le mantenemos informado. A los vecinos de La Acebeda les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.
El expediente arranca con el papeleo básico: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. Después viene el inventario de bienes y deudas, la valoración del caudal y el cuaderno particional. Y terminamos con lo que casi nadie prevé: los impuestos y el Registro de la Propiedad. Y si hay que litigar, litigamos: ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a La Acebeda.
Tiene seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones
En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Superar el plazo significa recargos e intereses de demora, y son perfectamente evitables. Si vive en La Acebeda, escríbanos y nos ponemos con ello.
Es la vía rápida: la voluntad del causante está escrita y basta con cumplirla sin vulnerar las legítimas.
Primero hay que determinar legalmente quién hereda, mediante un acta de declaración de herederos ante notario.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.
Hay que declarar en todo caso. La bonificación madrileña es muy alta para los parientes directos y deja la factura casi a cero, pero se aplica sobre una autoliquidación presentada en plazo. Sin declaración no hay bonificación que valga.
Antes de repartir nada hay que acreditar el fallecimiento y la voluntad del causante. Esos certificados se piden a registros distintos y tienen sus tiempos. Es la parte más mecánica del proceso y la primera de la que nos hacemos cargo.
Una herencia toca a la vez lo notarial, lo fiscal, lo registral y, muy a menudo, lo familiar. Empezamos por entender su situación concreta. Estas son las áreas en las que trabajamos para La Acebeda:
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
El impuesto que se olvida y genera recargos. Lo calculamos y lo liquidamos ante el ayuntamiento que corresponda.
Somos un despacho de Plaza Castilla que da servicio a herederos de La Acebeda. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Esto es lo que nos diferencia:
Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.
Las herencias sacan a la luz asuntos que la familia no cuenta fuera. Aquí se quedan.
Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.
Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.
Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.
Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.
Si decide seguir, recibe el precio por escrito. Usted decide sin ninguna presión.
No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.
La oficina está en Plaza Castilla, en el norte de Madrid. Desde ahí damos servicio a La Acebeda y al resto de la Comunidad de Madrid. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.
Hablar con el abogadoEl despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de La Acebeda de forma presencial o por videollamada, como prefiera.
Se paga poco, no cero. La bonificación es muy alta para los parientes directos, pero la declaración hay que presentarla dentro de los seis meses.
Solo si usted quiere. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia a distancia; las firmas que exigen presencia se concentran en una sola cita.
Si nadie discute el reparto, en unos dos o tres meses puede estar todo firmado e inscrito. Añada algunas semanas si hay inmuebles en varias provincias.
Sí. Se abre la sucesión intestada: un acta notarial determina los herederos conforme a la ley y luego se reparte con normalidad. Suma unas semanas al calendario.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: