Plusvalía municipal
El impuesto que se olvida y genera recargos. Lo calculamos y lo liquidamos ante el ayuntamiento que corresponda.
Resolvemos la sucesión y le devolvemos la tranquilidad.
Nos encargamos de toda la tramitación sucesoria para quienes viven en Alameda del Valle con trato personal y un presupuesto cerrado antes de empezar.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Los trámites de una sucesión no esperan a que la familia esté lista para afrontarlos. En RA&R Asociados tomamos el expediente y lo llevamos hasta el final. Damos servicio a Alameda del Valle desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en Madrid.
El punto de partida siempre es el mismo: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. Con eso ya se puede inventariar, valorar y adjudicar los bienes. Nos ocupamos también del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal, y de inscribir los inmuebles a nombre de los herederos. Cuando no hay acuerdo y hay que acudir a la vía judicial, defendemos su posición ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Alameda del Valle.
Tiene seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones
En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Es el error más caro y más común. A los clientes de Alameda del Valle les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.
Es la vía rápida: la voluntad del causante está escrita y basta con cumplirla sin vulnerar las legítimas.
Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.
Hay que declarar en todo caso. La bonificación madrileña es muy alta para los parientes directos y deja la factura casi a cero, pero se aplica sobre una autoliquidación presentada en plazo. Sin declaración no hay bonificación que valga.
Antes de repartir nada hay que acreditar el fallecimiento y la voluntad del causante. Esos certificados se piden a registros distintos y tienen sus tiempos. Es la parte más mecánica del proceso y la primera de la que nos hacemos cargo.
Un testamento no lo puede todo. Hay una parte del caudal reservada por ley a hijos, y en su defecto a padres y al cónyuge. Si le han dejado por debajo de lo que le corresponde, se puede reclamar, y conviene no dejar pasar el tiempo.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Depende del número de herederos, del patrimonio y de si hay conflicto. Lo que sí es fijo es la forma: presupuesto cerrado por escrito antes de empezar y sin partidas sorpresa. La primera consulta, en la que valoramos el caso, no se cobra.
No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Alameda del Valle:
El impuesto que se olvida y genera recargos. Lo calculamos y lo liquidamos ante el ayuntamiento que corresponda.
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Atendemos sucesiones de Alameda del Valle desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. No hace falta que se desplace: casi toda la documentación se trabaja de forma telemática y le recibimos en persona cuando aporta algo. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.
Con un par de datos —si hay testamento, cuántos herederos, qué bienes— ya podemos orientarle.
Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.
Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.
No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Y desde ahí atendemos a clientes de Alameda del Valle y de toda la Comunidad de Madrid. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.
Hablar con el abogadoNos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Alameda del Valle, conviene pedir cita previa.
Si nadie discute el reparto, en unos dos o tres meses puede estar todo firmado e inscrito. Añada algunas semanas si hay inmuebles en varias provincias.
Se resuelve casi toda ante notario, con libertad para elegir cuál. La inscripción de los bienes corresponde al Registro de la Propiedad donde radiquen. Si acaba habiendo litigio, competen los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Alameda del Valle.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
Se hereda igual, solo que antes hay que tramitar una declaración de herederos ante notario que acredite quién hereda según el orden legal. A partir de ahí el proceso es prácticamente el mismo que con testamento.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: