Partición judicial
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Papeleo, plazos e impuestos: eso lo llevamos nosotros.
Asesoramos en aceptación, renuncia y partición de herencias si usted reside en Ajalvir y le damos una primera orientación gratuita sobre su caso.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
La mayoría de las personas se enfrenta a una herencia una o dos veces en la vida, y sin saber por dónde empezar. En RA&R Asociados tomamos el expediente y lo llevamos hasta el final. Si usted vive en Ajalvir, puede resolver la herencia sin pisar la oficina si así lo prefiere.
La sucesión empieza por documentar el fallecimiento y la voluntad del causante: certificados del Registro Civil y del Registro de Actos de Última Voluntad. Con eso ya se puede inventariar, valorar y adjudicar los bienes. La parte tributaria queda fuera de lo que prestamos. Le decimos qué hay que presentar y cuándo, para que no le sorprenda un recargo, pero quien lo presenta es su asesor fiscal. La inscripción en el Registro de la Propiedad sí la asumimos nosotros. Y si hay que litigar, litigamos: ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Ajalvir.
Seis meses: ese es el plazo que marca el reloj de toda herencia
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Superar el plazo significa recargos e intereses de demora, y son perfectamente evitables. Si vive en Ajalvir, escríbanos y nos ponemos con ello.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.
Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Por la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con eso ya se sabe quién hereda. Si usted vive en Ajalvir, podemos pedir esos certificados en su nombre y ahorrarle las gestiones.
Se paga en el ayuntamiento, no en la Comunidad, y por eso se pasa por alto tan a menudo. Cuando la herencia incluye inmuebles en varios municipios hay que liquidarla en cada uno. Es trabajo de un asesor fiscal; nosotros le dejamos valorado lo que necesita para hacerlo.
Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron. La presentación en sí no la hacemos nosotros, pero le avisamos de la fecha.
Cada sucesión tiene sus propias aristas, y rara vez se parece a la anterior. Por eso estudiamos su caso antes de actuar. Esto es lo que hacemos por los clientes de Ajalvir:
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.
Somos un despacho de Plaza Castilla que da servicio a herederos de Ajalvir. Puede venir a vernos o resolverlo todo a distancia; lo que le resulte más práctico. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.
Notaría y Registro los llevamos nosotros; los impuestos, su asesor fiscal. Se lo decimos en la primera consulta, no a mitad del expediente.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Le decimos qué se puede hacer, cuánto puede tardar y con qué riesgos.
Si decide seguir, recibe el precio por escrito. Usted decide sin ninguna presión.
No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.
Nuestro despacho tiene una sola sede, en Plaza Castilla. Eso no impide que llevemos asuntos de Ajalvir con normalidad. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia sin pisar el despacho más de una vez.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.
Pedir una primera valoraciónEl despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de Ajalvir de forma presencial o por videollamada, como prefiera.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
Sí. Cuando el bloqueo no se desatasca negociando, existe la división judicial de la herencia: el juez acaba aprobando el reparto aunque uno no quiera firmar. Es más lento y más caro, por eso siempre intentamos primero el acuerdo.
Se paga poco, no cero. La bonificación es muy alta para los parientes directos, pero la declaración hay que presentarla dentro de los seis meses.
Lo fijamos caso por caso y se lo entregamos firmado antes de mover un papel. Sin porcentajes sorpresa ni suplidos que aparecen al final.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Estos son otros municipios con página propia: