Albaceas y contadores-partidores
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
No tiene que entender de sucesiones: para eso estamos nosotros.
Nos encargamos de toda la tramitación sucesoria para herederos residentes en Alcobendas con más de quince años de experiencia y primera consulta gratuita.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Perder a un familiar y tener que ocuparse del papeleo a la vez es una de las situaciones más ingratas que existen. Nuestro trabajo en RA&R Asociados es quitarle ese peso de encima. Atendemos a clientes de Alcobendas sin que tengan que hacer colas ni desplazamientos.
Empezamos por lo imprescindible: los certificados oficiales y la localización del testamento o, si no existe, la declaración de herederos. El siguiente paso es determinar qué entra en la herencia, cuánto vale y cómo se reparte. La parte tributaria queda fuera de lo que prestamos. Le decimos qué hay que presentar y cuándo, para que no le sorprenda un recargo, pero quien lo presenta es su asesor fiscal. La inscripción en el Registro de la Propiedad sí la asumimos nosotros. Y si hay que litigar, litigamos: ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Alcobendas.
Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Si ha perdido a un familiar y reside en Alcobendas, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.
Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.
Antes de repartir hay que declarar quiénes son los herederos. Se hace ante notario y sigue el orden que fija la ley.
Depende sobre todo de dos cosas: si hay testamento y si hay entendimiento. Con ambas a favor, unos meses. Sin ninguna de las dos, el calendario lo marca el juzgado y conviene no hacerse ilusiones con las fechas.
Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.
Ningún heredero puede mantener una herencia congelada para siempre. La división judicial de patrimonios existe justo para desatascar esos casos, y se sustancia ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Alcobendas. Dicho esto, casi siempre sale mejor negociar: un pleito entre hermanos cuesta años y cuesta relación.
Puede hacer tres cosas: aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario —lo que limita su responsabilidad a lo que valga la herencia— o renunciar. Antes de que decida, cuantificamos el activo y el pasivo, porque una vez aceptada pura y simplemente no hay marcha atrás.
Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.
Antes de mover un papel conviene saber qué tipo de herencia tenemos delante. Empezamos por entender su situación concreta. Estas son las áreas en las que trabajamos para Alcobendas:
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.
La manifestación y adjudicación ante notario, preparada y revisada antes de que nadie firme nada.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Atendemos sucesiones de Alcobendas desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. No hace falta que se desplace: casi toda la documentación se trabaja de forma telemática y le recibimos en persona cuando aporta algo. En qué se nota trabajar con un despacho pequeño:
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
Un pleito entre hermanos cuesta dinero y cuesta familia. Solo vamos a juicio cuando no queda otra salida razonable.
Notaría y Registro los llevamos nosotros; los impuestos, su asesor fiscal. Se lo decimos en la primera consulta, no a mitad del expediente.
Rellena el formulario, nos manda un WhatsApp o nos escribe un correo contándonos qué ha pasado.
Le decimos qué se puede hacer, cuánto puede tardar y con qué riesgos.
Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.
Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Y desde ahí atendemos a clientes de Alcobendas y de toda la Comunidad de Madrid. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia sin pisar el despacho más de una vez.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Lleva el área de sucesiones del despacho. Veinte años de ejercicio y cientos de herencias tramitadas en Madrid, siempre con trato directo con el cliente.
Solicitar consulta gratuitaEstamos en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Puede visitarnos o, si le viene mejor desde Alcobendas, resolverlo todo por videollamada.
Puede renunciar, o aceptar a beneficio de inventario, que limita su responsabilidad al valor de lo heredado. Lo que no conviene es aceptar sin haber hecho números: eso sí arrastra las deudas a su patrimonio personal.
Hay salida, aunque no sea la rápida. La ley prevé un procedimiento para dividir el caudal sin la firma de todos. Le explicamos qué le costaría en tiempo y en dinero antes de plantearlo.
Lo fijamos caso por caso y se lo entregamos firmado antes de mover un papel. Sin porcentajes sorpresa ni suplidos que aparecen al final.
Entre dos y cuatro meses en un caso normal. Lo que dispara los plazos casi nunca es el papeleo: es que los herederos no se pongan de acuerdo.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Estos son otros municipios con página propia: