Partición judicial
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Resolvemos la sucesión y le devolvemos la tranquilidad.
Llevamos la sucesión entera, incluidas las cuestiones fiscales para los vecinos de Torrejón de la Calzada con trato personal y un presupuesto cerrado antes de empezar.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Una herencia mezcla trámites, dinero y relaciones familiares, y esa combinación rara vez es fácil. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. Atendemos a clientes de Torrejón de la Calzada sin que tengan que hacer colas ni desplazamientos.
El punto de partida siempre es el mismo: certificados del Registro Civil y del Registro de Actos de Última Voluntad. El siguiente paso es determinar qué entra en la herencia, cuánto vale y cómo se reparte. Y terminamos con lo que casi nadie prevé: los impuestos y el Registro de la Propiedad. Si algún punto acaba en los tribunales, le representamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Torrejón de la Calzada.
Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Superar el plazo significa recargos e intereses de demora, y son perfectamente evitables. Si vive en Torrejón de la Calzada, escríbanos y nos ponemos con ello.
Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.
Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.
Hay que declarar en todo caso. La bonificación madrileña es muy alta para los parientes directos y deja la factura casi a cero, pero se aplica sobre una autoliquidación presentada en plazo. Sin declaración no hay bonificación que valga.
Todo arranca reuniendo tres papeles: la defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento si lo hubo. Hasta tenerlos no se puede afirmar quién hereda ni qué. Nosotros los solicitamos por usted, así que desde Torrejón de la Calzada no tiene que moverse.
Ningún heredero puede mantener una herencia congelada para siempre. La división judicial de patrimonios existe justo para desatascar esos casos, y se sustancia ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Torrejón de la Calzada. Dicho esto, casi siempre sale mejor negociar: un pleito entre hermanos cuesta años y cuesta relación.
Cada sucesión tiene sus propias aristas, y rara vez se parece a la anterior. Por eso estudiamos su caso antes de actuar. Esto es lo que hacemos por los clientes de Torrejón de la Calzada:
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.
Llevamos herencias de clientes de Torrejón de la Calzada desde nuestro despacho de Plaza Castilla. No le vamos a hacer venir a firmar cosas que se pueden firmar de otra manera. Lo que puede esperar de nosotros:
Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.
Gestionamos casi todo en remoto y le citamos presencialmente solo cuando es imprescindible.
Las herencias sacan a la luz asuntos que la familia no cuenta fuera. Aquí se quedan.
Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.
Analizamos el caso y le damos una opinión honesta, aunque sea que no merece la pena actuar.
Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.
No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Eso no impide que llevemos asuntos de Torrejón de la Calzada con normalidad. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia sin pisar el despacho más de una vez.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.
Solicitar consulta gratuitaNuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en Torrejón de la Calzada también en remoto.
Con testamento y acuerdo entre los herederos, lo habitual es de dos a cuatro meses desde que tenemos la documentación. Si aparece desacuerdo o hay que impugnar algo, el plazo se alarga y deja de depender del despacho.
No está obligado a aceptar. Antes de decidir cuantificamos activo y pasivo; con esos números en la mano la decisión suele ser evidente.
Ningún heredero puede tener la herencia paralizada indefinidamente. La partición judicial existe justo para eso. Antes de acudir a ella agotamos la vía del acuerdo, que sale mejor a todos.
Casi nada si es hijo, cónyuge o progenitor del fallecido. Ahora bien, la bonificación se aplica sobre una autoliquidación presentada: sin declaración no hay bonificación.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: