Herederos en el extranjero
Poderes, apostillas y firma a distancia cuando alguno de los herederos no reside en España.
Le explicamos qué hereda, qué debe y qué le conviene hacer.
Llevamos la sucesión entera, incluidas las cuestiones fiscales para clientes de Titulcia con trato personal y un presupuesto cerrado antes de empezar.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
La mayoría de las personas se enfrenta a una herencia una o dos veces en la vida, y sin saber por dónde empezar. Ahí es donde entramos nosotros. Trabajamos con herederos de Titulcia de forma presencial o completamente en remoto.
Lo primero es reunir la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. Después viene el inventario de bienes y deudas, la valoración del caudal y el cuaderno particional. Cerramos el expediente con la liquidación de impuestos y el cambio de titularidad de los bienes. Si algún punto acaba en los tribunales, le representamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Titulcia.
Seis meses: ese es el plazo que marca el reloj de toda herencia
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.
Es la vía rápida: la voluntad del causante está escrita y basta con cumplirla sin vulnerar las legítimas.
Antes de repartir hay que declarar quiénes son los herederos. Se hace ante notario y sigue el orden que fija la ley.
Nadie hereda por obligación. Existe la renuncia y existe el beneficio de inventario, que pone un tope a lo que usted responde: nunca más allá del valor de lo recibido. Lo importante es hacer números antes de firmar, no después.
Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.
Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.
Antes de repartir nada hay que acreditar el fallecimiento y la voluntad del causante. Esos certificados se piden a registros distintos y tienen sus tiempos. Es la parte más mecánica del proceso y la primera de la que nos hacemos cargo.
Es lo más frecuente y lo más doloroso. Cuando el reparto se bloquea existe la partición judicial, en la que el juez acaba aprobando la división. Antes de llegar ahí intentamos siempre una salida negociada: es más rápida, más barata y deja la familia menos rota. Si hay que ir, vamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Titulcia.
Una herencia toca a la vez lo notarial, lo fiscal, lo registral y, muy a menudo, lo familiar. Por eso estudiamos su caso antes de actuar. Esto es lo que hacemos por los clientes de Titulcia:
Poderes, apostillas y firma a distancia cuando alguno de los herederos no reside en España.
El impuesto que se olvida y genera recargos. Lo calculamos y lo liquidamos ante el ayuntamiento que corresponda.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Somos un despacho de Plaza Castilla que da servicio a herederos de Titulcia. No le vamos a hacer venir a firmar cosas que se pueden firmar de otra manera. Nuestra forma de trabajar, en corto:
Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.
Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.
Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.
Si decide seguir, recibe el precio por escrito. Usted decide sin ninguna presión.
Tramitamos el expediente completo y le avisamos en cada hito, sin que tenga que perseguirnos.
La oficina está en Plaza Castilla, en el norte de Madrid. Eso no impide que llevemos asuntos de Titulcia con normalidad. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.
Hablar con el abogadoEl despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de Titulcia de forma presencial o por videollamada, como prefiera.
Con testamento y acuerdo entre los herederos, lo habitual es de dos a cuatro meses desde que tenemos la documentación. Si aparece desacuerdo o hay que impugnar algo, el plazo se alarga y deja de depender del despacho.
Puede hacerlo entero en remoto. Le pedimos la documentación por correo, la revisamos y le avisamos únicamente cuando haya que firmar ante notario.
Hay salida, aunque no sea la rápida. La ley prevé un procedimiento para dividir el caudal sin la firma de todos. Le explicamos qué le costaría en tiempo y en dinero antes de plantearlo.
La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, así que en la práctica se paga muy poco. Pero hay que presentar la autoliquidación en plazo igualmente: no declarar es lo que genera recargos.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: