Reclamación de legados
Cuando el testamento le deja un bien concreto y los herederos no se lo entregan.
No tiene que entender de sucesiones: para eso estamos nosotros.
Llevamos sucesiones completas, con o sin testamento para los vecinos de Somosierra con trato personal y un presupuesto cerrado antes de empezar.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Los trámites de una sucesión no esperan a que la familia esté lista para afrontarlos. En RA&R Asociados tomamos el expediente y lo llevamos hasta el final. Trabajamos con herederos de Somosierra de forma presencial o completamente en remoto.
Empezamos por lo imprescindible: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. A continuación inventariamos el patrimonio, lo valoramos y preparamos el reparto entre herederos. La liquidación del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal no entra en nuestro encargo: de eso se ocupa un asesor fiscal. Lo que sí hacemos es dejarle el expediente listo para que pueda presentarlas, y llevar después la inscripción de los inmuebles en el Registro. Si algún punto acaba en los tribunales, le representamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Somosierra.
Seis meses: ese es el plazo que marca el reloj de toda herencia
La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Es el error más caro y más común. A los clientes de Somosierra les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.
Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.
Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Hay que declarar en todo caso. La bonificación madrileña es muy alta para los parientes directos y deja la factura casi a cero, pero se aplica sobre una autoliquidación presentada en plazo. Sin declaración no hay bonificación que valga.
No lo está, y la ley le da dos salidas, ambas con plazo: renunciar o acogerse al beneficio de inventario. Lo que no conviene bajo ningún concepto es aceptar sin saber qué deudas hay detrás, porque eso sí compromete su patrimonio personal.
Un testamento no lo puede todo. Hay una parte del caudal reservada por ley a hijos, y en su defecto a padres y al cónyuge. Si le han dejado por debajo de lo que le corresponde, se puede reclamar, y conviene no dejar pasar el tiempo.
Además del Impuesto de Sucesiones está la plusvalía, que cobra el ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda. Son dos tributos distintos, con administraciones distintas y calendarios propios. Ninguno de los dos entra en nuestro encargo, aunque le avisaremos de los plazos.
Lo que en una familia se resuelve con una firma, en otra requiere un procedimiento entero. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Somosierra:
Cuando el testamento le deja un bien concreto y los herederos no se lo entregan.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con el reparto previsto al detalle.
Atendemos sucesiones de Somosierra desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. No hace falta que se desplace: casi toda la documentación se trabaja de forma telemática y le recibimos en persona cuando aporta algo. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Gestionamos casi todo en remoto y le citamos presencialmente solo cuando es imprescindible.
Rellena el formulario, nos manda un WhatsApp o nos escribe un correo contándonos qué ha pasado.
Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.
Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.
Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Cubrimos Somosierra igual que el resto de la Comunidad de Madrid. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.
Contar mi caso sin compromisoEl despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de Somosierra de forma presencial o por videollamada, como prefiera.
Si nadie discute el reparto, en unos dos o tres meses puede estar todo firmado e inscrito. Añada algunas semanas si hay inmuebles en varias provincias.
Hay salida, aunque no sea la rápida. La ley prevé un procedimiento para dividir el caudal sin la firma de todos. Le explicamos qué le costaría en tiempo y en dinero antes de plantearlo.
Puede hacerlo entero en remoto. Le pedimos la documentación por correo, la revisamos y le avisamos únicamente cuando haya que firmar ante notario.
Se hereda igual, solo que antes hay que tramitar una declaración de herederos ante notario que acredite quién hereda según el orden legal. A partir de ahí el proceso es prácticamente el mismo que con testamento.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Estos son otros municipios con página propia: