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Abogado de herencias · Tetuán

Abogado de herencias en Cuatro Caminos

Le explicamos qué hereda, qué debe y qué le conviene hacer.

Nos ocupamos del papeleo, los impuestos y el reparto para familias de Cuatro Caminos con atención directa del abogado y honorarios cerrados por escrito.

  • Primera consulta gratuita y sin compromiso
  • Hablará siempre con el abogado que lleva su caso
  • Gestión telemática de toda la documentación

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+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
5,0Valoración de clientes

Heredar suena sencillo hasta que uno se encuentra delante de los certificados, los plazos y los impuestos. Para eso está RA&R Asociados: para llevar el expediente mientras usted se ocupa de lo demás. Cuatro Caminos forma parte de Tetuán, junto a barrios como Bellas Vistas, Castillejos y Almenara. A los vecinos de Cuatro Caminos les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.

De qué nos encargamos si hereda en Cuatro Caminos

Antes de nada hay que saber quién hereda y qué: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. A continuación inventariamos el patrimonio, lo valoramos y preparamos el reparto entre herederos. La liquidación del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal no entra en nuestro encargo: de eso se ocupa un asesor fiscal. Lo que sí hacemos es dejarle el expediente listo para que pueda presentarlas, y llevar después la inscripción de los inmuebles en el Registro. Si algún punto acaba en los tribunales, le representamos ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.

Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció

La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Si ha perdido a un familiar y reside en Cuatro Caminos, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.

Según su caso

¿Hay testamento? De esa respuesta depende casi todo

Caso A Hay testamento

El camino es más corto. El testamento ya dice cómo se reparte, y solo hay que ejecutarlo respetando la legítima de los herederos forzosos.

  • Copia autorizada del testamento
  • Liquidación de impuestos e inscripción de los bienes
  • Certificados de defunción y últimas voluntades

Caso B No hay testamento

Sin testamento manda la ley, y hay que documentar quién hereda antes de poder tocar nada.

  • Inventario y valoración del caudal hereditario
  • Acta de declaración de herederos ante notario
  • Mismos plazos fiscales que en una herencia testada
Datos clave

Qué se paga y en cuánto tiempo

Plusvalía municipal
La cobra el ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda, con calendario y método de cálculo independientes del Impuesto de Sucesiones.
Impuesto de Sucesiones
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. En Madrid hay bonificación de hasta el 99 % para cónyuge, hijos y padres, pero la declaración se presenta igual.
Declaración de herederos
Solo hace falta si el causante no dejó testamento. Es un acta notarial y suma algunas semanas al proceso.
Inscripción registral
Liquidados los impuestos, los inmuebles se inscriben a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde radiquen.
Documentación de partida
Defunción, últimas voluntades y seguros de vida. Con esos tres certificados ya se puede empezar a trabajar el expediente.
Lo que necesita saber

Dudas habituales de una sucesión en Cuatro Caminos

¿Cuál es el primer paso?

Todo arranca reuniendo tres papeles: la defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento si lo hubo. Hasta tenerlos no se puede afirmar quién hereda ni qué. Nosotros los solicitamos por usted, así que desde Cuatro Caminos no tiene que moverse.

¿Y la plusvalía municipal?

Es el impuesto que grava el aumento de valor del suelo urbano y se paga al ayuntamiento donde esté el inmueble, no a la Comunidad. Tiene su propio plazo y su propio cálculo, y es el que más se olvida. La liquidación no es un servicio que prestemos: la presenta usted o su asesor fiscal.

¿Estoy obligado a aceptar la herencia?

No lo está, y la ley le da dos salidas, ambas con plazo: renunciar o acogerse al beneficio de inventario. Lo que no conviene bajo ningún concepto es aceptar sin saber qué deudas hay detrás, porque eso sí compromete su patrimonio personal.

¿Tengo que pagar aunque en Madrid haya bonificación?

Sí. La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, pero la bonificación no exime de presentar la autoliquidación en plazo. Muchos herederos creen que si no pagan no hay que declarar, y ahí es donde aparecen los recargos.

También le ayudamos con

Más servicios para herederos de Cuatro Caminos

Cuaderno particionalAceptación de herenciaUsufructo del cónyuge viudoAdjudicación de bienesMediación entre herederosRenuncia a la herenciaImpugnación de testamentoDeclaración de herederos
Qué hacemos

Nuestro trabajo en sucesiones para Cuatro Caminos

No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Estudiamos primero y presupuestamos después. Estos son los servicios que prestamos en Cuatro Caminos:

Albaceas y contadores-partidores

Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.

Tramitación completa de la herencia

Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.

Inscripción registral

Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.

Aceptación y renuncia

Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.

Impugnación de testamento

Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.

Partición judicial

Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.

Por qué elegirnos

Lo que nos diferencia si hereda en Cuatro Caminos

Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de Cuatro Caminos. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Esto es lo que nos diferencia:

Le avisamos de los plazos

Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. No presentamos nosotros el impuesto, pero se lo recordamos a tiempo para que nadie se coma un recargo.

Trato directo

El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.

Le damos una previsión realista

Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.

Hablamos sin jerga

Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.

Así trabajamos

Cuatro pasos, ninguna letra pequeña

Primer contacto

Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.

Le orientamos gratis

Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.

Plan y precio

Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.

Nos encargamos

Tramitamos el expediente completo y le avisamos en cada hito, sin que tenga que perseguirnos.

Cuatro Caminos: presencial o en remoto

Trabajamos desde una única oficina, la de Plaza Castilla. Desde ahí damos servicio a Cuatro Caminos y al resto de el distrito de Tetuán. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
El abogado que se ocupará de su caso

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.

Hablar con el abogado

Nuestra oficina

Nos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Cuatro Caminos, conviene pedir cita previa.

Dudas frecuentes

Lo que más nos preguntan en Cuatro Caminos

¿La bonificación madrileña me exime de declarar?

Casi nada si es hijo, cónyuge o progenitor del fallecido. Ahora bien, la bonificación se aplica sobre una autoliquidación presentada: sin declaración no hay bonificación.

¿Me pueden dar un precio antes de empezar?

Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.

¿Heredo también las deudas?

Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.

Mi padre no dejó testamento, ¿qué hacemos?

La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.

Otras zonas de Tetuán

Herencias en los barrios de Tetuán

También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Tetuán. Elija su barrio para ver el detalle:

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