Albaceas y contadores-partidores
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Le explicamos qué hereda, qué debe y qué le conviene hacer.
Nos ocupamos del papeleo, los impuestos y el reparto para familias de Cuatro Caminos con atención directa del abogado y honorarios cerrados por escrito.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Heredar suena sencillo hasta que uno se encuentra delante de los certificados, los plazos y los impuestos. Para eso está RA&R Asociados: para llevar el expediente mientras usted se ocupa de lo demás. Cuatro Caminos forma parte de Tetuán, junto a barrios como Bellas Vistas, Castillejos y Almenara. A los vecinos de Cuatro Caminos les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.
Antes de nada hay que saber quién hereda y qué: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. A continuación inventariamos el patrimonio, lo valoramos y preparamos el reparto entre herederos. La liquidación del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal no entra en nuestro encargo: de eso se ocupa un asesor fiscal. Lo que sí hacemos es dejarle el expediente listo para que pueda presentarlas, y llevar después la inscripción de los inmuebles en el Registro. Si algún punto acaba en los tribunales, le representamos ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció
La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Si ha perdido a un familiar y reside en Cuatro Caminos, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.
El camino es más corto. El testamento ya dice cómo se reparte, y solo hay que ejecutarlo respetando la legítima de los herederos forzosos.
Sin testamento manda la ley, y hay que documentar quién hereda antes de poder tocar nada.
Todo arranca reuniendo tres papeles: la defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento si lo hubo. Hasta tenerlos no se puede afirmar quién hereda ni qué. Nosotros los solicitamos por usted, así que desde Cuatro Caminos no tiene que moverse.
Es el impuesto que grava el aumento de valor del suelo urbano y se paga al ayuntamiento donde esté el inmueble, no a la Comunidad. Tiene su propio plazo y su propio cálculo, y es el que más se olvida. La liquidación no es un servicio que prestemos: la presenta usted o su asesor fiscal.
No lo está, y la ley le da dos salidas, ambas con plazo: renunciar o acogerse al beneficio de inventario. Lo que no conviene bajo ningún concepto es aceptar sin saber qué deudas hay detrás, porque eso sí compromete su patrimonio personal.
Sí. La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, pero la bonificación no exime de presentar la autoliquidación en plazo. Muchos herederos creen que si no pagan no hay que declarar, y ahí es donde aparecen los recargos.
No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Estudiamos primero y presupuestamos después. Estos son los servicios que prestamos en Cuatro Caminos:
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de Cuatro Caminos. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Esto es lo que nos diferencia:
Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. No presentamos nosotros el impuesto, pero se lo recordamos a tiempo para que nadie se coma un recargo.
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.
Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.
Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.
Tramitamos el expediente completo y le avisamos en cada hito, sin que tenga que perseguirnos.
Trabajamos desde una única oficina, la de Plaza Castilla. Desde ahí damos servicio a Cuatro Caminos y al resto de el distrito de Tetuán. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.
Hablar con el abogadoNos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Cuatro Caminos, conviene pedir cita previa.
Casi nada si es hijo, cónyuge o progenitor del fallecido. Ahora bien, la bonificación se aplica sobre una autoliquidación presentada: sin declaración no hay bonificación.
Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.
También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Tetuán. Elija su barrio para ver el detalle: