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Consulta gratuita
Abogado de herencias · Centro

Abogado de herencias en Sol

Del certificado de defunción a la escritura, sin que usted se pierda.

Asesoramos en aceptación, renuncia y partición de herencias para clientes de Sol sin desplazamientos innecesarios: la mayor parte se gestiona en remoto.

  • Gestión telemática de toda la documentación
  • Le decimos desde el principio si le conviene actuar
  • Primera consulta gratuita y sin compromiso

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.

O también mándanos un WhatsAppEscribir por WhatsApp al 711 280 470

¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
4.8Valoración de clientes

En una herencia el reloj empieza a correr desde el mismo día del fallecimiento. Ahí es donde entramos nosotros. Dentro de Centro, Sol es uno de sus 6 barrios. Cubrimos Sol con la misma dedicación que cualquier otro caso del despacho.

De qué nos encargamos si hereda en Sol

Antes de nada hay que saber quién hereda y qué: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. Con eso ya se puede inventariar, valorar y adjudicar los bienes. Cerramos el expediente con la liquidación de impuestos y el cambio de titularidad de los bienes. Si el asunto se judicializa, la representación corresponde a los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.

Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete

El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Si ha perdido a un familiar y reside en Sol, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.

Depende del punto de partida

Qué cambia en Sol según haya testamento o no

Caso A Hay testamento

Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.

  • Copia autorizada del testamento
  • Escritura de aceptación y adjudicación ante notario
  • Comprobación de que se respetan las legítimas

Caso B No hay testamento

Sin testamento manda la ley, y hay que documentar quién hereda antes de poder tocar nada.

  • Mismos plazos fiscales que en una herencia testada
  • Inventario y valoración del caudal hereditario
  • A partir de ahí, partición igual que con testamento
Datos clave

Plazos, impuestos y tiempos en Sol

Plusvalía municipal
La cobra el ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda, con calendario y método de cálculo independientes del Impuesto de Sucesiones.
Legítima
Porción reservada por ley a hijos y, en su defecto, a ascendientes y cónyuge. Un reparto que la vulnere es impugnable.
Renuncia a la herencia
Es irrevocable y se formaliza ante notario. Antes de plantearla conviene haber cuantificado el activo y el pasivo.
Impuesto de Sucesiones
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. En Madrid hay bonificación de hasta el 99 % para cónyuge, hijos y padres, pero la declaración se presenta igual.
Duración estimada
De dos a cuatro meses con testamento y acuerdo. Sin acuerdo entre herederos, el plazo lo marcan los tribunales.
Lo que necesita saber

Antes de firmar nada: lo que necesita saber

¿Cuándo se puede anular un testamento?

La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.

¿Tengo que pagar aunque en Madrid haya bonificación?

Sí. La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, pero la bonificación no exime de presentar la autoliquidación en plazo. Muchos herederos creen que si no pagan no hay que declarar, y ahí es donde aparecen los recargos.

¿Qué impuesto cobra el ayuntamiento?

Se paga en el ayuntamiento, no en la Comunidad, y por eso se pasa por alto tan a menudo. Cuando la herencia incluye inmuebles en varios municipios hay que liquidarla en cada uno. Lo llevamos nosotros para que no se escape ninguno.

¿Qué pasa si los herederos no se ponen de acuerdo?

Es lo más frecuente y lo más doloroso. Cuando el reparto se bloquea existe la partición judicial, en la que el juez acaba aprobando la división. Antes de llegar ahí intentamos siempre una salida negociada: es más rápida, más barata y deja la familia menos rota. Si hay que ir, vamos ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.

También le ayudamos con

Más servicios para herederos de Sol

Declaración de herederosHerederos en el extranjeroReclamación de legítimaBeneficio de inventarioImpugnación de testamentoTestamento abiertoCuaderno particionalPartición de herencia
Qué hacemos

Servicios de herencias en Sol

Cada sucesión tiene sus propias aristas, y rara vez se parece a la anterior. Empezamos por entender su situación concreta. Estas son las áreas en las que trabajamos para Sol:

Tramitación completa de la herencia

Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.

Impuesto de Sucesiones

Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.

Partición judicial

Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.

Testamentos y planificación

Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.

Reclamación de legítima

Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.

Inscripción registral

Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.

Por qué elegirnos

Abogado de herencias para Sol

Atendemos sucesiones de Sol desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. Trabajamos la documentación en remoto y reservamos las reuniones presenciales para lo que de verdad las necesita. Lo que puede esperar de nosotros:

Hablamos sin jerga

Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.

Preferimos el acuerdo

Un pleito entre hermanos cuesta dinero y cuesta familia. Solo vamos a juicio cuando no queda otra salida razonable.

Todo en un sitio

Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.

Experiencia real en sucesiones

Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.

Así trabajamos

Así trabajamos, de principio a fin

Primer contacto

Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.

Valoración sin coste

Analizamos el caso y le damos una opinión honesta, aunque sea que no merece la pena actuar.

Usted decide

Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.

Lo llevamos hasta el final

Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.

Atención a clientes de Sol

Trabajamos desde una única oficina, la de Plaza Castilla. Eso no impide que llevemos asuntos de Sol con normalidad. Puede venir a vernos, o resolverlo por videollamada y correo: gestionamos la documentación de forma telemática de principio a fin.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Quien llevará su herencia

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.

Solicitar consulta gratuita

Nuestra oficina

El despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de Sol de forma presencial o por videollamada, como prefiera.

Dudas frecuentes

Lo que más nos preguntan en Sol

Estoy en Sol, ¿hace falta que vaya presencialmente?

Puede hacerlo entero en remoto. Le pedimos la documentación por correo, la revisamos y le avisamos únicamente cuando haya que firmar ante notario.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Se hereda igual, solo que antes hay que tramitar una declaración de herederos ante notario que acredite quién hereda según el orden legal. A partir de ahí el proceso es prácticamente el mismo que con testamento.

Me han dicho que en Madrid no se paga por heredar, ¿es cierto?

Se paga poco, no cero. La bonificación es muy alta para los parientes directos, pero la declaración hay que presentarla dentro de los seis meses.

¿Me pueden dar un precio antes de empezar?

Lo fijamos caso por caso y se lo entregamos firmado antes de mover un papel. Sin porcentajes sorpresa ni suplidos que aparecen al final.

Otras zonas de Centro

Herencias en los barrios de Centro

También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Centro. Elija su barrio para ver el detalle:

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