Tramitación completa de la herencia
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Del certificado de defunción a la escritura, sin que usted se pierda.
Asesoramos en aceptación, renuncia y partición de herencias para clientes de Sol sin desplazamientos innecesarios: la mayor parte se gestiona en remoto.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
En una herencia el reloj empieza a correr desde el mismo día del fallecimiento. Ahí es donde entramos nosotros. Dentro de Centro, Sol es uno de sus 6 barrios. Cubrimos Sol con la misma dedicación que cualquier otro caso del despacho.
Antes de nada hay que saber quién hereda y qué: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. Con eso ya se puede inventariar, valorar y adjudicar los bienes. Cerramos el expediente con la liquidación de impuestos y el cambio de titularidad de los bienes. Si el asunto se judicializa, la representación corresponde a los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Si ha perdido a un familiar y reside en Sol, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Sin testamento manda la ley, y hay que documentar quién hereda antes de poder tocar nada.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Sí. La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, pero la bonificación no exime de presentar la autoliquidación en plazo. Muchos herederos creen que si no pagan no hay que declarar, y ahí es donde aparecen los recargos.
Se paga en el ayuntamiento, no en la Comunidad, y por eso se pasa por alto tan a menudo. Cuando la herencia incluye inmuebles en varios municipios hay que liquidarla en cada uno. Lo llevamos nosotros para que no se escape ninguno.
Es lo más frecuente y lo más doloroso. Cuando el reparto se bloquea existe la partición judicial, en la que el juez acaba aprobando la división. Antes de llegar ahí intentamos siempre una salida negociada: es más rápida, más barata y deja la familia menos rota. Si hay que ir, vamos ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
Cada sucesión tiene sus propias aristas, y rara vez se parece a la anterior. Empezamos por entender su situación concreta. Estas son las áreas en las que trabajamos para Sol:
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Atendemos sucesiones de Sol desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. Trabajamos la documentación en remoto y reservamos las reuniones presenciales para lo que de verdad las necesita. Lo que puede esperar de nosotros:
Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.
Un pleito entre hermanos cuesta dinero y cuesta familia. Solo vamos a juicio cuando no queda otra salida razonable.
Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.
Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Analizamos el caso y le damos una opinión honesta, aunque sea que no merece la pena actuar.
Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.
Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.
Trabajamos desde una única oficina, la de Plaza Castilla. Eso no impide que llevemos asuntos de Sol con normalidad. Puede venir a vernos, o resolverlo por videollamada y correo: gestionamos la documentación de forma telemática de principio a fin.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.
Solicitar consulta gratuitaEl despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de Sol de forma presencial o por videollamada, como prefiera.
Puede hacerlo entero en remoto. Le pedimos la documentación por correo, la revisamos y le avisamos únicamente cuando haya que firmar ante notario.
Se hereda igual, solo que antes hay que tramitar una declaración de herederos ante notario que acredite quién hereda según el orden legal. A partir de ahí el proceso es prácticamente el mismo que con testamento.
Se paga poco, no cero. La bonificación es muy alta para los parientes directos, pero la declaración hay que presentarla dentro de los seis meses.
Lo fijamos caso por caso y se lo entregamos firmado antes de mover un papel. Sin porcentajes sorpresa ni suplidos que aparecen al final.
También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Centro. Elija su barrio para ver el detalle: