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Consulta gratuita
Abogado de herencias · Centro

Abogado de herencias en Cortes

Le acompañamos en un trámite que nadie querría tener que hacer.

Llevamos sucesiones completas, con o sin testamento para quienes viven en Cortes con más de quince años de experiencia y primera consulta gratuita.

  • Gestión telemática de toda la documentación
  • Buscamos el acuerdo entre herederos antes que el pleito
  • Hablará siempre con el abogado que lleva su caso

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.

O también mándanos un WhatsAppEscribir por WhatsApp al 711 280 470

¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
4.8Valoración de clientes

Una herencia no se resuelve sola, y casi nunca llega cuando uno tiene la cabeza para ello. RA&R Asociados se hace cargo de todo el procedimiento, del primer certificado a la última firma. Cortes es uno de los 6 barrios del distrito de Centro. A los vecinos de Cortes les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.

Cómo tramitamos su herencia en Cortes

El expediente arranca con el papeleo básico: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. Luego hay que inventariar el activo y el pasivo y redactar la partición. La parte fiscal —Sucesiones y plusvalía— y la inscripción en el Registro también las llevamos nosotros. Y si hay que litigar, litigamos: ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.

Seis meses: ese es el plazo que marca el reloj de toda herencia

El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Si ha perdido a un familiar y reside en Cortes, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.

Depende del punto de partida

Qué cambia en Cortes según haya testamento o no

Caso A Hay testamento

Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.

  • Certificados de defunción y últimas voluntades
  • Escritura de aceptación y adjudicación ante notario
  • Copia autorizada del testamento

Caso B No hay testamento

Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.

  • Acta de declaración de herederos ante notario
  • Mismos plazos fiscales que en una herencia testada
  • Determinación legal de quién hereda y en qué proporción
Datos clave

Los números de una sucesión en Cortes

Legítima
Porción reservada por ley a hijos y, en su defecto, a ascendientes y cónyuge. Un reparto que la vulnere es impugnable.
Impuesto de Sucesiones
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. En Madrid hay bonificación de hasta el 99 % para cónyuge, hijos y padres, pero la declaración se presenta igual.
Renuncia a la herencia
Debe hacerse de forma expresa ante notario. No cabe renunciar en parte ni condicionar la renuncia.
Documentación de partida
Defunción, últimas voluntades y seguros de vida. Con esos tres certificados ya se puede empezar a trabajar el expediente.
Lo que necesita saber

Qué debe saber antes de tramitar una herencia en Cortes

¿Se puede impugnar un testamento?

Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.

¿Por dónde se empieza?

Por la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con eso ya se sabe quién hereda. Si usted vive en Cortes, podemos pedir esos certificados en su nombre y ahorrarle las gestiones.

¿Hay que pagar plusvalía al heredar un piso?

Además del Impuesto de Sucesiones está la plusvalía, que cobra el ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda. Son dos tributos distintos, con administraciones distintas y calendarios propios. Nos ocupamos de los dos.

¿Y si un heredero bloquea el reparto?

Ningún heredero puede mantener una herencia congelada para siempre. La división judicial de patrimonios existe justo para desatascar esos casos, y se sustancia ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla. Dicho esto, casi siempre sale mejor negociar: un pleito entre hermanos cuesta años y cuesta relación.

¿Cuánto tarda todo?

Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.

También le ayudamos con

Consultas frecuentes que resolvemos

Impugnación de testamentoUsufructo del cónyuge viudoImpuesto de SucesionesPlusvalía municipalDeclaración de herederosReclamación de legítimaBeneficio de inventarioPartición de herencia
Qué hacemos

Nuestro trabajo en sucesiones para Cortes

No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Por eso estudiamos su caso antes de actuar. Esto es lo que hacemos por los clientes de Cortes:

Inscripción registral

Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.

Cuaderno particional

El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.

Testamentos y planificación

Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.

Herederos en el extranjero

Poderes, apostillas y firma a distancia cuando alguno de los herederos no reside en España.

Impugnación de testamento

Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.

Herencias con deudas

Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.

Por qué elegirnos

Su abogado de sucesiones en Cortes

Atendemos sucesiones de Cortes desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. En qué se nota trabajar con un despacho pequeño:

Preferimos el acuerdo

Un pleito entre hermanos cuesta dinero y cuesta familia. Solo vamos a juicio cuando no queda otra salida razonable.

Todo en un sitio

Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.

Le damos una previsión realista

Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.

Así trabajamos

Cómo llevamos su caso, paso a paso

Nos cuenta el caso

Con un par de datos —si hay testamento, cuántos herederos, qué bienes— ya podemos orientarle.

Estudiamos su herencia

Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.

Usted decide

Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.

Cerramos el expediente

No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.

Cómo le atendemos si vive en Cortes

No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Cubrimos Cortes igual que el resto de el distrito de Centro. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Su abogado de sucesiones

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.

Contar mi caso sin compromiso

Cómo llegar al despacho

El despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de Cortes de forma presencial o por videollamada, como prefiera.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre herencias en Cortes

¿Puedo renunciar a una herencia con deudas?

Puede renunciar, o aceptar a beneficio de inventario, que limita su responsabilidad al valor de lo heredado. Lo que no conviene es aceptar sin haber hecho números: eso sí arrastra las deudas a su patrimonio personal.

¿Qué pasa si no hay testamento?

La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.

Vivo en Cortes, ¿tengo que desplazarme al despacho?

Solo si usted quiere. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia a distancia; las firmas que exigen presencia se concentran en una sola cita.

¿Me pueden dar un precio antes de empezar?

Depende del patrimonio, del número de herederos y de si hay conflicto, así que no damos una tarifa genérica. Lo que sí damos siempre es un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. La primera consulta no se cobra.

Otras zonas de Centro

Herencias en los barrios de Centro

También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Centro. Elija su barrio para ver el detalle:

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