Saltar al contenido
Consulta gratuita
Abogado de herencias · Comunidad de Madrid

Abogado de herencias en Corpa

Un despacho pequeño que trata su herencia como si fuera la única.

Llevamos sucesiones completas, con o sin testamento para clientes de Corpa explicándole cada paso en un lenguaje que se entiende.

  • Nos ocupamos del Impuesto de Sucesiones y la plusvalía
  • Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar
  • Gestión telemática de toda la documentación

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.

O también mándanos un WhatsAppEscribir por WhatsApp al 711 280 470

¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
4.8Valoración de clientes

Cuando fallece un familiar, la parte jurídica llega en el peor momento posible. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. Damos servicio a Corpa desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en Madrid.

Todo lo que implica una sucesión en Corpa

Antes de nada hay que saber quién hereda y qué: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. Luego hay que inventariar el activo y el pasivo y redactar la partición. La parte fiscal —Sucesiones y plusvalía— y la inscripción en el Registro también las llevamos nosotros. En los casos que exigen pleito, actuamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Corpa.

Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete

La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Es el error más caro y más común. A los clientes de Corpa les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.

Dos escenarios

Con testamento o sin testamento: cómo cambia su herencia en Corpa

Caso A Hay testamento

Es la vía rápida: la voluntad del causante está escrita y basta con cumplirla sin vulnerar las legítimas.

  • Comprobación de que se respetan las legítimas
  • Liquidación de impuestos e inscripción de los bienes
  • Copia autorizada del testamento

Caso B No hay testamento

Sin testamento manda la ley, y hay que documentar quién hereda antes de poder tocar nada.

  • A partir de ahí, partición igual que con testamento
  • Acta de declaración de herederos ante notario
  • Determinación legal de quién hereda y en qué proporción
Datos clave

Los números de una sucesión en Corpa

Renuncia a la herencia
Es irrevocable y se formaliza ante notario. Antes de plantearla conviene haber cuantificado el activo y el pasivo.
Impuesto de Sucesiones
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. En Madrid hay bonificación de hasta el 99 % para cónyuge, hijos y padres, pero la declaración se presenta igual.
Legítima
Porción reservada por ley a hijos y, en su defecto, a ascendientes y cónyuge. Un reparto que la vulnere es impugnable.
Inscripción registral
El último paso: llevar la escritura al Registro de la Propiedad para que los bienes figuren a nombre de quien corresponde.
Plusvalía municipal
Grava el incremento de valor del suelo urbano y se paga al ayuntamiento donde esté el inmueble. Tiene su propio plazo y su propio cálculo.
Lo que necesita saber

Lo que conviene tener claro antes de empezar

¿Puede mi padre dejarme fuera del testamento?

La legítima es el suelo que la ley garantiza a los herederos forzosos: por mucho que diga el testamento, hay una porción que no se les puede quitar. Cuando el reparto no la respeta, existe acción para reclamar la diferencia.

¿Y la plusvalía municipal?

Es el impuesto que grava el aumento de valor del suelo urbano y se paga al ayuntamiento donde esté el inmueble, no a la Comunidad. Tiene su propio plazo y su propio cálculo, y es el que más se olvida. Lo liquidamos nosotros junto con el resto.

¿Cuánto cuesta un abogado de herencias?

Depende del número de herederos, del patrimonio y de si hay conflicto. Lo que sí es fijo es la forma: presupuesto cerrado por escrito antes de empezar y sin partidas sorpresa. La primera consulta, en la que valoramos el caso, no se cobra.

¿Por dónde se empieza?

Por la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con eso ya se sabe quién hereda. Si usted vive en Corpa, podemos pedir esos certificados en su nombre y ahorrarle las gestiones.

También le ayudamos con

También le ayudamos con esto en Corpa

Usufructo del cónyuge viudoReclamación de legítimaCuaderno particionalHerencia con deudasDeclaración de herederosAdjudicación de bienesInscripción registralTestamento abierto
Qué hacemos

Servicios de herencias en Corpa

Una herencia toca a la vez lo notarial, lo fiscal, lo registral y, muy a menudo, lo familiar. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Corpa:

Impugnación de testamento

Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.

Mediación entre herederos

Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.

Reclamación de legítima

Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.

Herencias con deudas

Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.

Declaración de herederos

Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.

Tramitación completa de la herencia

Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.

Por qué elegirnos

Abogado de herencias para Corpa

Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de Corpa. Puede venir a vernos o resolverlo todo a distancia; lo que le resulte más práctico. Lo que puede esperar de nosotros:

Trato directo

El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.

Experiencia real en sucesiones

Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.

Le damos una previsión realista

Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.

Precio cerrado

Presupuesto por escrito antes de empezar. Sabrá lo que paga y por qué, sin partidas que aparecen a mitad del proceso.

Así trabajamos

Cuatro pasos, ninguna letra pequeña

Primer contacto

Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.

Estudiamos su herencia

Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.

Plan y precio

Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.

Nos encargamos

Tramitamos el expediente completo y le avisamos en cada hito, sin que tenga que perseguirnos.

Corpa: presencial o en remoto

Nuestro despacho tiene una sola sede, en Plaza Castilla. Eso no impide que llevemos asuntos de Corpa con normalidad. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
El abogado que se ocupará de su caso

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.

Contar mi caso sin compromiso

Dónde estamos

El despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de Corpa de forma presencial o por videollamada, como prefiera.

Dudas frecuentes

Lo que más nos preguntan en Corpa

¿Se puede repartir si un heredero no colabora?

Hay salida, aunque no sea la rápida. La ley prevé un procedimiento para dividir el caudal sin la firma de todos. Le explicamos qué le costaría en tiempo y en dinero antes de plantearlo.

¿Hay que pagar el Impuesto de Sucesiones en Madrid?

Casi nada si es hijo, cónyuge o progenitor del fallecido. Ahora bien, la bonificación se aplica sobre una autoliquidación presentada: sin declaración no hay bonificación.

¿Qué honorarios tiene una herencia?

Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.

Mi padre no dejó testamento, ¿qué hacemos?

Se hereda igual, solo que antes hay que tramitar una declaración de herederos ante notario que acredite quién hereda según el orden legal. A partir de ahí el proceso es prácticamente el mismo que con testamento.

WhatsApp