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Consulta gratuita
Abogado de herencias · Comunidad de Madrid

Abogado de herencias en Colmenar de Oreja

Del certificado de defunción a la escritura, sin que usted se pierda.

Resolvemos herencias, legítimas y reparto de bienes para familias de Colmenar de Oreja explicándole cada paso en un lenguaje que se entiende.

  • Hablará siempre con el abogado que lleva su caso
  • Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar
  • Gestión telemática de toda la documentación

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.

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¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
4.8Valoración de clientes

En una herencia el reloj empieza a correr desde el mismo día del fallecimiento. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. Si usted vive en Colmenar de Oreja, puede resolver la herencia sin pisar la oficina si así lo prefiere.

Todo lo que implica una sucesión en Colmenar de Oreja

Lo primero es reunir la documentación: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. Después se levanta el inventario, se cuantifica la legítima y se propone la adjudicación. Liquidamos los impuestos que correspondan y llevamos la inscripción registral de los bienes. Y si hay que litigar, litigamos: ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Colmenar de Oreja.

Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete

El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Superar el plazo significa recargos e intereses de demora, y son perfectamente evitables. Si vive en Colmenar de Oreja, escríbanos y nos ponemos con ello.

Según su caso

Su caso concreto: herencia testada o intestada

Caso A Hay testamento

Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.

  • Comprobación de que se respetan las legítimas
  • Certificados de defunción y últimas voluntades
  • Copia autorizada del testamento

Caso B No hay testamento

Sin testamento manda la ley, y hay que documentar quién hereda antes de poder tocar nada.

  • Determinación legal de quién hereda y en qué proporción
  • A partir de ahí, partición igual que con testamento
  • Mismos plazos fiscales que en una herencia testada
Datos clave

Datos concretos de una herencia en Colmenar de Oreja

Renuncia a la herencia
Debe hacerse de forma expresa ante notario. No cabe renunciar en parte ni condicionar la renuncia.
Duración estimada
Entre dos y cuatro meses en un caso ordinario. En cuanto aparece conflicto, la previsión deja de depender del despacho.
Impuesto de Sucesiones
Se autoliquida en el plazo de seis meses. Cabe prórroga por otros seis, siempre que se solicite antes de que venza el quinto mes. La bonificación madrileña reduce mucho la cuota, no la obligación de declarar.
Legítima
Porción reservada por ley a hijos y, en su defecto, a ascendientes y cónyuge. Un reparto que la vulnere es impugnable.
Declaración de herederos
Solo hace falta si el causante no dejó testamento. Es un acta notarial y suma algunas semanas al proceso.
Lo que necesita saber

Dudas habituales de una sucesión en Colmenar de Oreja

¿Cuánto tarda todo?

Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.

¿Puedo renunciar si la herencia trae deudas?

Puede hacer tres cosas: aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario —lo que limita su responsabilidad a lo que valga la herencia— o renunciar. Antes de que decida, cuantificamos el activo y el pasivo, porque una vez aceptada pura y simplemente no hay marcha atrás.

¿Cuándo se puede anular un testamento?

La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.

¿Cuál es el primer paso?

Todo arranca reuniendo tres papeles: la defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento si lo hubo. Hasta tenerlos no se puede afirmar quién hereda ni qué. Nosotros los solicitamos por usted, así que desde Colmenar de Oreja no tiene que moverse.

También le ayudamos con

Más servicios para herederos de Colmenar de Oreja

Cuaderno particionalHerederos en el extranjeroTestamento abiertoHerencia con deudasAceptación de herenciaPlusvalía municipalMediación entre herederosImpuesto de Sucesiones
Qué hacemos

Servicios de herencias en Colmenar de Oreja

Cada sucesión tiene sus propias aristas, y rara vez se parece a la anterior. Le decimos qué necesita de verdad y qué no. Esto es lo que cubrimos para Colmenar de Oreja:

Declaración de herederos

Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.

Plusvalía municipal

El impuesto que se olvida y genera recargos. Lo calculamos y lo liquidamos ante el ayuntamiento que corresponda.

Tramitación completa de la herencia

Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.

Impuesto de Sucesiones

Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.

Impugnación de testamento

Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.

Reclamación de legítima

Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.

Por qué elegirnos

Por qué confiarnos su herencia en Colmenar de Oreja

Llevamos herencias de clientes de Colmenar de Oreja desde nuestro despacho de Plaza Castilla. Trabajamos la documentación en remoto y reservamos las reuniones presenciales para lo que de verdad las necesita. Esto es lo que nos diferencia:

Preferimos el acuerdo

Un pleito entre hermanos cuesta dinero y cuesta familia. Solo vamos a juicio cuando no queda otra salida razonable.

Experiencia real en sucesiones

Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.

Le decimos la verdad

Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.

Control de los plazos

Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. Llevamos su calendario para que no le sorprenda un recargo.

Así trabajamos

Cómo llevamos su caso, paso a paso

Se pone en contacto

Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.

Primera consulta gratuita

Le decimos qué se puede hacer, cuánto puede tardar y con qué riesgos.

Lo ponemos por escrito

Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.

Lo llevamos hasta el final

Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.

Colmenar de Oreja: presencial o en remoto

No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Eso no impide que llevemos asuntos de Colmenar de Oreja con normalidad. Puede venir a vernos, o resolverlo por videollamada y correo: gestionamos la documentación de forma telemática de principio a fin.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Quien firma su expediente

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.

Solicitar consulta gratuita

Cómo llegar al despacho

Nos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Colmenar de Oreja, conviene pedir cita previa.

Dudas frecuentes

Sus dudas, respondidas

¿Qué pasa si un heredero se niega a firmar?

Ningún heredero puede tener la herencia paralizada indefinidamente. La partición judicial existe justo para eso. Antes de acudir a ella agotamos la vía del acuerdo, que sale mejor a todos.

¿Se puede heredar sin testamento?

Sí. Se abre la sucesión intestada: un acta notarial determina los herederos conforme a la ley y luego se reparte con normalidad. Suma unas semanas al calendario.

Hay testamento, ¿cuándo tendremos los bienes a nuestro nombre?

Entre dos y cuatro meses en un caso normal. Lo que dispara los plazos casi nunca es el papeleo: es que los herederos no se pongan de acuerdo.

¿La bonificación madrileña me exime de declarar?

Se paga poco, no cero. La bonificación es muy alta para los parientes directos, pero la declaración hay que presentarla dentro de los seis meses.

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