Aceptación y renuncia
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Herencias resueltas con criterio y sin desgastar a la familia.
Resolvemos herencias, legítimas y reparto de bienes para quienes viven en Coslada con atención directa del abogado y honorarios cerrados por escrito.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Cuando fallece un familiar, la parte jurídica llega en el peor momento posible. En RA&R Asociados nos ocupamos de esa parte para que usted no tenga que hacerlo. A los vecinos de Coslada les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.
El punto de partida siempre es el mismo: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. Después viene el inventario de bienes y deudas, la valoración del caudal y el cuaderno particional. Conviene decirlo pronto: los impuestos —Sucesiones y plusvalía— los presenta usted o su asesor fiscal, no nosotros. Nuestro trabajo termina en la escritura y en la inscripción registral, que es la parte que pone los bienes efectivamente a nombre de los herederos. En los casos que exigen pleito, actuamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Coslada.
Seis meses: ese es el plazo que marca el reloj de toda herencia
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Primero hay que determinar legalmente quién hereda, mediante un acta de declaración de herederos ante notario.
Puede hacer tres cosas: aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario —lo que limita su responsabilidad a lo que valga la herencia— o renunciar. Antes de que decida, cuantificamos el activo y el pasivo, porque una vez aceptada pura y simplemente no hay marcha atrás.
Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron. La presentación en sí no la hacemos nosotros, pero le avisamos de la fecha.
Es el impuesto que grava el aumento de valor del suelo urbano y se paga al ayuntamiento donde esté el inmueble, no a la Comunidad. Tiene su propio plazo y su propio cálculo, y es el que más se olvida. La liquidación no es un servicio que prestemos: la presenta usted o su asesor fiscal.
Por la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con eso ya se sabe quién hereda. Si usted vive en Coslada, podemos pedir esos certificados en su nombre y ahorrarle las gestiones.
No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Coslada:
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con el reparto previsto al detalle.
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
La manifestación y adjudicación ante notario, preparada y revisada antes de que nadie firme nada.
Somos un despacho de Plaza Castilla que da servicio a herederos de Coslada. No hace falta que se desplace: casi toda la documentación se trabaja de forma telemática y le recibimos en persona cuando aporta algo. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. No presentamos nosotros el impuesto, pero se lo recordamos a tiempo para que nadie se coma un recargo.
Las herencias sacan a la luz asuntos que la familia no cuenta fuera. Aquí se quedan.
Notaría y Registro los llevamos nosotros; los impuestos, su asesor fiscal. Se lo decimos en la primera consulta, no a mitad del expediente.
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.
Si decide seguir, recibe el precio por escrito. Usted decide sin ninguna presión.
Certificados, notaría, impuestos y Registro. Usted solo firma cuando toca.
La oficina está en Plaza Castilla, en el norte de Madrid. Desde ahí damos servicio a Coslada y al resto de la Comunidad de Madrid. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.
Hablar con el abogadoNos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Coslada, conviene pedir cita previa.
Sí. Se abre la sucesión intestada: un acta notarial determina los herederos conforme a la ley y luego se reparte con normalidad. Suma unas semanas al calendario.
Depende del patrimonio, del número de herederos y de si hay conflicto, así que no damos una tarifa genérica. Lo que sí damos siempre es un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. La primera consulta no se cobra.
Se resuelve casi toda ante notario, con libertad para elegir cuál. La inscripción de los bienes corresponde al Registro de la Propiedad donde radiquen. Si acaba habiendo litigio, competen los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Coslada.
La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, así que en la práctica se paga muy poco. Pero hay que presentar la autoliquidación en plazo igualmente: no declarar es lo que genera recargos.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Estos son otros municipios con página propia: