Tramitación completa de la herencia
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Menos incertidumbre, menos plazos vencidos y menos discusiones.
Llevamos la sucesión entera, incluidas las cuestiones fiscales si usted reside en Villalbilla con más de quince años de experiencia y primera consulta gratuita.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
En una herencia el reloj empieza a correr desde el mismo día del fallecimiento. En RA&R Asociados tomamos el expediente y lo llevamos hasta el final. Si usted vive en Villalbilla, puede resolver la herencia sin pisar la oficina si así lo prefiere.
La sucesión empieza por documentar el fallecimiento y la voluntad del causante: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. Con eso ya se puede inventariar, valorar y adjudicar los bienes. Liquidamos los impuestos que correspondan y llevamos la inscripción registral de los bienes. Cuando no hay acuerdo y hay que acudir a la vía judicial, defendemos su posición ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Villalbilla.
Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete
En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Superar el plazo significa recargos e intereses de demora, y son perfectamente evitables. Si vive en Villalbilla, escríbanos y nos ponemos con ello.
Es la vía rápida: la voluntad del causante está escrita y basta con cumplirla sin vulnerar las legítimas.
Antes de repartir hay que declarar quiénes son los herederos. Se hace ante notario y sigue el orden que fija la ley.
Es el impuesto que grava el aumento de valor del suelo urbano y se paga al ayuntamiento donde esté el inmueble, no a la Comunidad. Tiene su propio plazo y su propio cálculo, y es el que más se olvida. Lo liquidamos nosotros junto con el resto.
Un caso limpio se resuelve en unos dos o tres meses desde que tenemos la documentación completa. Lo que dispara los plazos casi nunca es el papeleo: es la falta de acuerdo entre las personas.
Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.
Es lo más frecuente y lo más doloroso. Cuando el reparto se bloquea existe la partición judicial, en la que el juez acaba aprobando la división. Antes de llegar ahí intentamos siempre una salida negociada: es más rápida, más barata y deja la familia menos rota. Si hay que ir, vamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Villalbilla.
No lo está, y la ley le da dos salidas, ambas con plazo: renunciar o acogerse al beneficio de inventario. Lo que no conviene bajo ningún concepto es aceptar sin saber qué deudas hay detrás, porque eso sí compromete su patrimonio personal.
Cada sucesión tiene sus propias aristas, y rara vez se parece a la anterior. Estudiamos primero y presupuestamos después. Estos son los servicios que prestamos en Villalbilla:
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.
El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Llevamos herencias de clientes de Villalbilla desde nuestro despacho de Plaza Castilla. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.
Las herencias sacan a la luz asuntos que la familia no cuenta fuera. Aquí se quedan.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Le decimos qué se puede hacer, cuánto puede tardar y con qué riesgos.
Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.
Certificados, notaría, impuestos y Registro. Usted solo firma cuando toca.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Desde ahí damos servicio a Villalbilla y al resto de la Comunidad de Madrid. Puede venir a vernos, o resolverlo por videollamada y correo: gestionamos la documentación de forma telemática de principio a fin.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.
Pedir una primera valoraciónNuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en Villalbilla también en remoto.
La mayor parte de una herencia no pasa por el juzgado: la aceptación y la partición se firman ante notario, y los inmuebles se inscriben en el Registro de la Propiedad del lugar donde estén. Solo si hay pleito interviene un juzgado, y en ese caso serían los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Villalbilla.
Casi nada si es hijo, cónyuge o progenitor del fallecido. Ahora bien, la bonificación se aplica sobre una autoliquidación presentada: sin declaración no hay bonificación.
Si nadie discute el reparto, en unos dos o tres meses puede estar todo firmado e inscrito. Añada algunas semanas si hay inmuebles en varias provincias.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: