Impugnación de testamento
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Resolvemos la sucesión y le devolvemos la tranquilidad.
Gestionamos herencias de principio a fin si usted reside en Tres Cantos con atención directa del abogado y honorarios cerrados por escrito.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Una herencia no se resuelve sola, y casi nunca llega cuando uno tiene la cabeza para ello. Ahí es donde entramos nosotros. A los vecinos de Tres Cantos les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.
El expediente arranca con el papeleo básico: los certificados oficiales y la localización del testamento o, si no existe, la declaración de herederos. Con eso ya se puede inventariar, valorar y adjudicar los bienes. Nos ocupamos también del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal, y de inscribir los inmuebles a nombre de los herederos. Cuando no hay acuerdo y hay que acudir a la vía judicial, defendemos su posición ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Tres Cantos.
Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Superar el plazo significa recargos e intereses de demora, y son perfectamente evitables. Si vive en Tres Cantos, escríbanos y nos ponemos con ello.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Primero hay que determinar legalmente quién hereda, mediante un acta de declaración de herederos ante notario.
Un testamento no lo puede todo. Hay una parte del caudal reservada por ley a hijos, y en su defecto a padres y al cónyuge. Si le han dejado por debajo de lo que le corresponde, se puede reclamar, y conviene no dejar pasar el tiempo.
Solo prospera con motivos tasados y bien probados. La vía más frecuente es la falta de capacidad del testador en el momento de otorgarlo, y se acredita con documentación médica y testifical. Es un procedimiento largo, así que conviene valorarlo con realismo antes de iniciarlo.
Es lo más frecuente y lo más doloroso. Cuando el reparto se bloquea existe la partición judicial, en la que el juez acaba aprobando la división. Antes de llegar ahí intentamos siempre una salida negociada: es más rápida, más barata y deja la familia menos rota. Si hay que ir, vamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Tres Cantos.
Sí. La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, pero la bonificación no exime de presentar la autoliquidación en plazo. Muchos herederos creen que si no pagan no hay que declarar, y ahí es donde aparecen los recargos.
Una herencia toca a la vez lo notarial, lo fiscal, lo registral y, muy a menudo, lo familiar. Estudiamos primero y presupuestamos después. Estos son los servicios que prestamos en Tres Cantos:
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Somos un despacho de Plaza Castilla que da servicio a herederos de Tres Cantos. Trabajamos la documentación en remoto y reservamos las reuniones presenciales para lo que de verdad las necesita. Lo que puede esperar de nosotros:
Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.
Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.
Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.
Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. Llevamos su calendario para que no le sorprenda un recargo.
Rellena el formulario, nos manda un WhatsApp o nos escribe un correo contándonos qué ha pasado.
Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.
Si decide seguir, recibe el precio por escrito. Usted decide sin ninguna presión.
No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.
Trabajamos desde una única oficina, la de Plaza Castilla. Y desde ahí atendemos a clientes de Tres Cantos y de toda la Comunidad de Madrid. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.
Hablar con el abogadoNuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en Tres Cantos también en remoto.
La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
Sí. Cuando el bloqueo no se desatasca negociando, existe la división judicial de la herencia: el juez acaba aprobando el reparto aunque uno no quiera firmar. Es más lento y más caro, por eso siempre intentamos primero el acuerdo.
Con testamento y acuerdo entre los herederos, lo habitual es de dos a cuatro meses desde que tenemos la documentación. Si aparece desacuerdo o hay que impugnar algo, el plazo se alarga y deja de depender del despacho.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: