Reclamación de legítima
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Hablamos claro, damos precio cerrado y respondemos al teléfono.
Resolvemos herencias, legítimas y reparto de bienes para clientes de Torres de la Alameda desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en persona o por videollamada.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
La mayoría de las personas se enfrenta a una herencia una o dos veces en la vida, y sin saber por dónde empezar. En RA&R Asociados nos ocupamos de esa parte para que usted no tenga que hacerlo. Damos servicio a Torres de la Alameda desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en Madrid.
Empezamos por lo imprescindible: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. Con eso ya se puede inventariar, valorar y adjudicar los bienes. Nos ocupamos también del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal, y de inscribir los inmuebles a nombre de los herederos. En los casos que exigen pleito, actuamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Torres de la Alameda.
Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete
En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Es el error más caro y más común. A los clientes de Torres de la Alameda les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Antes de repartir hay que declarar quiénes son los herederos. Se hace ante notario y sigue el orden que fija la ley.
Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.
Hay salida, aunque no sea la rápida. Cuando la negociación se agota, se pide al juzgado que divida el caudal y adjudique los lotes. Le decimos de antemano qué le costaría en tiempo y en dinero, para que pueda comparar con lo que le ofrecen en la mesa.
Se paga en el ayuntamiento, no en la Comunidad, y por eso se pasa por alto tan a menudo. Cuando la herencia incluye inmuebles en varios municipios hay que liquidarla en cada uno. Lo llevamos nosotros para que no se escape ninguno.
Todo arranca reuniendo tres papeles: la defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento si lo hubo. Hasta tenerlos no se puede afirmar quién hereda ni qué. Nosotros los solicitamos por usted, así que desde Torres de la Alameda no tiene que moverse.
Depende del número de herederos, del patrimonio y de si hay conflicto. Lo que sí es fijo es la forma: presupuesto cerrado por escrito antes de empezar y sin partidas sorpresa. La primera consulta, en la que valoramos el caso, no se cobra.
No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Torres de la Alameda:
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
El impuesto que se olvida y genera recargos. Lo calculamos y lo liquidamos ante el ayuntamiento que corresponda.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.
Atendemos sucesiones de Torres de la Alameda desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. Trabajamos la documentación en remoto y reservamos las reuniones presenciales para lo que de verdad las necesita. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.
Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.
Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.
Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.
Tramitamos el expediente completo y le avisamos en cada hito, sin que tenga que perseguirnos.
La oficina está en Plaza Castilla, en el norte de Madrid. Eso no impide que llevemos asuntos de Torres de la Alameda con normalidad. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.
Hablar con el abogadoNos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Torres de la Alameda, conviene pedir cita previa.
Con testamento y acuerdo entre los herederos, lo habitual es de dos a cuatro meses desde que tenemos la documentación. Si aparece desacuerdo o hay que impugnar algo, el plazo se alarga y deja de depender del despacho.
Hay salida, aunque no sea la rápida. La ley prevé un procedimiento para dividir el caudal sin la firma de todos. Le explicamos qué le costaría en tiempo y en dinero antes de plantearlo.
La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.
Puede hacerlo entero en remoto. Le pedimos la documentación por correo, la revisamos y le avisamos únicamente cuando haya que firmar ante notario.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: