Reclamación de legítima
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
No tiene que entender de sucesiones: para eso estamos nosotros.
Nos encargamos de toda la tramitación sucesoria para familias de Arcos con trato personal y un presupuesto cerrado antes de empezar.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Una herencia no se resuelve sola, y casi nunca llega cuando uno tiene la cabeza para ello. En RA&R Asociados nos ocupamos de esa parte para que usted no tenga que hacerlo. Arcos es uno de los 8 barrios del distrito de San Blas-Canillejas. Trabajamos con herederos de Arcos de forma presencial o completamente en remoto.
Empezamos por lo imprescindible: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. Después se levanta el inventario, se cuantifica la legítima y se propone la adjudicación. Conviene decirlo pronto: los impuestos —Sucesiones y plusvalía— los presenta usted o su asesor fiscal, no nosotros. Nuestro trabajo termina en la escritura y en la inscripción registral, que es la parte que pone los bienes efectivamente a nombre de los herederos. Cuando no hay acuerdo y hay que acudir a la vía judicial, defendemos su posición ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
El Impuesto de Sucesiones se liquida en seis meses, y el plazo corre desde el primer día
En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Es el error más caro y más común. A los clientes de Arcos les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.
Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.
Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.
Solo prospera con motivos tasados y bien probados. La vía más frecuente es la falta de capacidad del testador en el momento de otorgarlo, y se acredita con documentación médica y testifical. Es un procedimiento largo, así que conviene valorarlo con realismo antes de iniciarlo.
Hay que declarar en todo caso. La bonificación madrileña es muy alta para los parientes directos y deja la factura casi a cero, pero se aplica sobre una autoliquidación presentada en plazo. Sin declaración no hay bonificación que valga.
Nadie hereda por obligación. Existe la renuncia y existe el beneficio de inventario, que pone un tope a lo que usted responde: nunca más allá del valor de lo recibido. Lo importante es hacer números antes de firmar, no después.
Ningún heredero puede mantener una herencia congelada para siempre. La división judicial de patrimonios existe justo para desatascar esos casos, y se sustancia ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla. Dicho esto, casi siempre sale mejor negociar: un pleito entre hermanos cuesta años y cuesta relación.
Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.
Lo que en una familia se resuelve con una firma, en otra requiere un procedimiento entero. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Arcos:
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con el reparto previsto al detalle.
La manifestación y adjudicación ante notario, preparada y revisada antes de que nadie firme nada.
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de Arcos. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. No presentamos nosotros el impuesto, pero se lo recordamos a tiempo para que nadie se coma un recargo.
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.
Con un par de datos —si hay testamento, cuántos herederos, qué bienes— ya podemos orientarle.
Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.
Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.
Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.
Trabajamos desde una única oficina, la de Plaza Castilla. Cubrimos Arcos igual que el resto de el distrito de San Blas-Canillejas. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Lleva el área de sucesiones del despacho. Veinte años de ejercicio y cientos de herencias tramitadas en Madrid, siempre con trato directo con el cliente.
Hablar con el abogadoEstamos en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Puede visitarnos o, si le viene mejor desde Arcos, resolverlo todo por videollamada.
Si nadie discute el reparto, en unos dos o tres meses puede estar todo firmado e inscrito. Añada algunas semanas si hay inmuebles en varias provincias.
No hace falta. Nuestra sede está en Plaza Castilla y puede visitarnos cuando quiera, pero atendemos por videollamada y tramitamos la documentación en remoto. La primera consulta es gratuita en cualquiera de los dos formatos.
Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.
La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, así que en la práctica se paga muy poco. Pero hay que presentar la autoliquidación en plazo igualmente: no declarar es lo que genera recargos.
También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de San Blas-Canillejas. Elija su barrio para ver el detalle: