Albaceas y contadores-partidores
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Menos incertidumbre, menos plazos vencidos y menos discusiones.
Nos encargamos de toda la tramitación sucesoria para quienes viven en Ciudad Universitaria desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en persona o por videollamada.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Una herencia mezcla trámites, dinero y relaciones familiares, y esa combinación rara vez es fácil. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. Dentro de Moncloa-Aravaca, Ciudad Universitaria es uno de sus 7 barrios. Damos servicio a Ciudad Universitaria desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en Madrid.
La sucesión empieza por documentar el fallecimiento y la voluntad del causante: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. Luego hay que inventariar el activo y el pasivo y redactar la partición. Conviene decirlo pronto: los impuestos —Sucesiones y plusvalía— los presenta usted o su asesor fiscal, no nosotros. Nuestro trabajo termina en la escritura y en la inscripción registral, que es la parte que pone los bienes efectivamente a nombre de los herederos. Si algún punto acaba en los tribunales, le representamos ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
Tiene seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Un testamento no lo puede todo. Hay una parte del caudal reservada por ley a hijos, y en su defecto a padres y al cónyuge. Si le han dejado por debajo de lo que le corresponde, se puede reclamar, y conviene no dejar pasar el tiempo.
Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.
Antes de repartir nada hay que acreditar el fallecimiento y la voluntad del causante. Esos certificados se piden a registros distintos y tienen sus tiempos. Es la parte más mecánica del proceso y la primera de la que nos hacemos cargo.
Puede hacer tres cosas: aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario —lo que limita su responsabilidad a lo que valga la herencia— o renunciar. Antes de que decida, cuantificamos el activo y el pasivo, porque una vez aceptada pura y simplemente no hay marcha atrás.
Lo que en una familia se resuelve con una firma, en otra requiere un procedimiento entero. Estudiamos primero y presupuestamos después. Estos son los servicios que prestamos en Ciudad Universitaria:
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con el reparto previsto al detalle.
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Cuando el testamento le deja un bien concreto y los herederos no se lo entregan.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Somos un despacho de Plaza Castilla que da servicio a herederos de Ciudad Universitaria. No hace falta que se desplace: casi toda la documentación se trabaja de forma telemática y le recibimos en persona cuando aporta algo. Nuestra forma de trabajar, en corto:
Notaría y Registro los llevamos nosotros; los impuestos, su asesor fiscal. Se lo decimos en la primera consulta, no a mitad del expediente.
Presupuesto por escrito antes de empezar. Sabrá lo que paga y por qué, sin partidas que aparecen a mitad del proceso.
Gestionamos casi todo en remoto y le citamos presencialmente solo cuando es imprescindible.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.
Si decide seguir, recibe el precio por escrito. Usted decide sin ninguna presión.
Certificados, notaría, impuestos y Registro. Usted solo firma cuando toca.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Desde ahí damos servicio a Ciudad Universitaria y al resto de el distrito de Moncloa-Aravaca. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.
Contar mi caso sin compromisoNos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Ciudad Universitaria, conviene pedir cita previa.
Con testamento y acuerdo entre los herederos, lo habitual es de dos a cuatro meses desde que tenemos la documentación. Si aparece desacuerdo o hay que impugnar algo, el plazo se alarga y deja de depender del despacho.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.
Ningún heredero puede tener la herencia paralizada indefinidamente. La partición judicial existe justo para eso. Antes de acudir a ella agotamos la vía del acuerdo, que sale mejor a todos.
También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Moncloa-Aravaca. Elija su barrio para ver el detalle: