Impugnación de testamento
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Papeleo, plazos e impuestos: eso lo llevamos nosotros.
Llevamos la sucesión entera, incluidas las cuestiones fiscales para familias de Fuentelarreina desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en persona o por videollamada.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Cuando fallece un familiar, la parte jurídica llega en el peor momento posible. Nuestro trabajo en RA&R Asociados es quitarle ese peso de encima. Fuentelarreina comparte distrito con El Pardo, Peñagrande y Pilar. Trabajamos con herederos de Fuentelarreina de forma presencial o completamente en remoto.
El punto de partida siempre es el mismo: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. A continuación inventariamos el patrimonio, lo valoramos y preparamos el reparto entre herederos. La liquidación del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal no entra en nuestro encargo: de eso se ocupa un asesor fiscal. Lo que sí hacemos es dejarle el expediente listo para que pueda presentarlas, y llevar después la inscripción de los inmuebles en el Registro. Cuando no hay acuerdo y hay que acudir a la vía judicial, defendemos su posición ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
El Impuesto de Sucesiones se liquida en seis meses, y el plazo corre desde el primer día
La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.
Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.
Antes de repartir hay que declarar quiénes son los herederos. Se hace ante notario y sigue el orden que fija la ley.
Se paga en el ayuntamiento, no en la Comunidad, y por eso se pasa por alto tan a menudo. Cuando la herencia incluye inmuebles en varios municipios hay que liquidarla en cada uno. Es trabajo de un asesor fiscal; nosotros le dejamos valorado lo que necesita para hacerlo.
Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.
Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.
Es lo más frecuente y lo más doloroso. Cuando el reparto se bloquea existe la partición judicial, en la que el juez acaba aprobando la división. Antes de llegar ahí intentamos siempre una salida negociada: es más rápida, más barata y deja la familia menos rota. Si hay que ir, vamos ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
Puede hacer tres cosas: aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario —lo que limita su responsabilidad a lo que valga la herencia— o renunciar. Antes de que decida, cuantificamos el activo y el pasivo, porque una vez aceptada pura y simplemente no hay marcha atrás.
No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Le decimos qué necesita de verdad y qué no. Esto es lo que cubrimos para Fuentelarreina:
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con el reparto previsto al detalle.
Llevamos herencias de clientes de Fuentelarreina desde nuestro despacho de Plaza Castilla. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Estas son las cuatro cosas que nos definen:
Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.
Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. No presentamos nosotros el impuesto, pero se lo recordamos a tiempo para que nadie se coma un recargo.
Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.
Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.
Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.
Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.
No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Desde ahí damos servicio a Fuentelarreina y al resto de el distrito de Fuencarral-El Pardo. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.
Hablar con el abogadoNuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en Fuentelarreina también en remoto.
Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.
Si nadie discute el reparto, en unos dos o tres meses puede estar todo firmado e inscrito. Añada algunas semanas si hay inmuebles en varias provincias.
También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Fuencarral-El Pardo. Elija su barrio para ver el detalle: