Aceptación y renuncia
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Hablamos claro, damos precio cerrado y respondemos al teléfono.
Nos ocupamos del papeleo, los impuestos y el reparto si usted reside en Alameda de Osuna con más de quince años de experiencia y primera consulta gratuita.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Heredar suena sencillo hasta que uno se encuentra delante de los certificados, los plazos y los impuestos. Nuestro trabajo en RA&R Asociados es quitarle ese peso de encima. El barrio de Alameda de Osuna pertenece al distrito de Barajas, que agrupa 5 barrios en total. Cubrimos Alameda de Osuna con la misma dedicación que cualquier otro caso del despacho.
Antes de nada hay que saber quién hereda y qué: los certificados oficiales y la localización del testamento o, si no existe, la declaración de herederos. Luego hay que inventariar el activo y el pasivo y redactar la partición. Nos ocupamos también del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal, y de inscribir los inmuebles a nombre de los herederos. Si el asunto se judicializa, la representación corresponde a los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció
La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.
Es la vía rápida: la voluntad del causante está escrita y basta con cumplirla sin vulnerar las legítimas.
Antes de repartir hay que declarar quiénes son los herederos. Se hace ante notario y sigue el orden que fija la ley.
Ningún heredero puede mantener una herencia congelada para siempre. La división judicial de patrimonios existe justo para desatascar esos casos, y se sustancia ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla. Dicho esto, casi siempre sale mejor negociar: un pleito entre hermanos cuesta años y cuesta relación.
No lo está, y la ley le da dos salidas, ambas con plazo: renunciar o acogerse al beneficio de inventario. Lo que no conviene bajo ningún concepto es aceptar sin saber qué deudas hay detrás, porque eso sí compromete su patrimonio personal.
Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.
Hay que declarar en todo caso. La bonificación madrileña es muy alta para los parientes directos y deja la factura casi a cero, pero se aplica sobre una autoliquidación presentada en plazo. Sin declaración no hay bonificación que valga.
Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.
Antes de mover un papel conviene saber qué tipo de herencia tenemos delante. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Alameda de Osuna:
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.
Llevamos herencias de clientes de Alameda de Osuna desde nuestro despacho de Plaza Castilla. No le vamos a hacer venir a firmar cosas que se pueden firmar de otra manera. Nuestra forma de trabajar, en corto:
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.
Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Analizamos el caso y le damos una opinión honesta, aunque sea que no merece la pena actuar.
Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.
Tramitamos el expediente completo y le avisamos en cada hito, sin que tenga que perseguirnos.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Eso no impide que llevemos asuntos de Alameda de Osuna con normalidad. Puede venir a vernos, o resolverlo por videollamada y correo: gestionamos la documentación de forma telemática de principio a fin.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Lleva el área de sucesiones del despacho. Veinte años de ejercicio y cientos de herencias tramitadas en Madrid, siempre con trato directo con el cliente.
Pedir una primera valoraciónEstamos en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Puede visitarnos o, si le viene mejor desde Alameda de Osuna, resolverlo todo por videollamada.
Se resuelve casi toda ante notario, con libertad para elegir cuál. La inscripción de los bienes corresponde al Registro de la Propiedad donde radiquen. Si acaba habiendo litigio, competen los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.
Entre dos y cuatro meses en un caso normal. Lo que dispara los plazos casi nunca es el papeleo: es que los herederos no se pongan de acuerdo.
Depende del patrimonio, del número de herederos y de si hay conflicto, así que no damos una tarifa genérica. Lo que sí damos siempre es un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. La primera consulta no se cobra.
La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.
También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Barajas. Elija su barrio para ver el detalle: