Tramitación completa de la herencia
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Resolvemos la sucesión y le devolvemos la tranquilidad.
Llevamos la sucesión entera, incluidas las cuestiones fiscales para familias de El Molar explicándole cada paso en un lenguaje que se entiende.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Nadie está preparado para gestionar una sucesión mientras asimila una pérdida. Ahí es donde entramos nosotros. Atendemos a clientes de El Molar sin que tengan que hacer colas ni desplazamientos.
La sucesión empieza por documentar el fallecimiento y la voluntad del causante: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y de seguros de vida. A continuación inventariamos el patrimonio, lo valoramos y preparamos el reparto entre herederos. Liquidamos los impuestos que correspondan y llevamos la inscripción registral de los bienes. En los casos que exigen pleito, actuamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a El Molar.
Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció
En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Si ha perdido a un familiar y reside en El Molar, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.
El camino es más corto. El testamento ya dice cómo se reparte, y solo hay que ejecutarlo respetando la legítima de los herederos forzosos.
Sin testamento manda la ley, y hay que documentar quién hereda antes de poder tocar nada.
Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron.
Un testamento no lo puede todo. Hay una parte del caudal reservada por ley a hijos, y en su defecto a padres y al cónyuge. Si le han dejado por debajo de lo que le corresponde, se puede reclamar, y conviene no dejar pasar el tiempo.
No damos una tarifa de catálogo porque una herencia con un heredero y un piso no se parece a otra con cinco herederos y una empresa. Lo que sí hacemos siempre es cerrar el precio por escrito antes de mover un papel.
Con testamento y acuerdo entre herederos, lo normal es cerrar en dos a cuatro meses. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos. Y si hay desacuerdo o impugnación, el plazo deja de depender de nosotros y pasa a depender de los tribunales.
Antes de mover un papel conviene saber qué tipo de herencia tenemos delante. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en El Molar:
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.
Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de El Molar. Puede venir a vernos o resolverlo todo a distancia; lo que le resulte más práctico. Esto es lo que nos diferencia:
Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. Llevamos su calendario para que no le sorprenda un recargo.
Presupuesto por escrito antes de empezar. Sabrá lo que paga y por qué, sin partidas que aparecen a mitad del proceso.
Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
Rellena el formulario, nos manda un WhatsApp o nos escribe un correo contándonos qué ha pasado.
Analizamos el caso y le damos una opinión honesta, aunque sea que no merece la pena actuar.
Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.
No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.
La oficina está en Plaza Castilla, en el norte de Madrid. Cubrimos El Molar igual que el resto de la Comunidad de Madrid. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia sin pisar el despacho más de una vez.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Responsable de herencias y testamentos. Su forma de trabajar es sencilla: el cliente habla siempre con él, no con un intermediario.
Pedir una primera valoraciónEl despacho está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Atendemos a clientes de El Molar de forma presencial o por videollamada, como prefiera.
Hay salida, aunque no sea la rápida. La ley prevé un procedimiento para dividir el caudal sin la firma de todos. Le explicamos qué le costaría en tiempo y en dinero antes de plantearlo.
Puede renunciar, o aceptar a beneficio de inventario, que limita su responsabilidad al valor de lo heredado. Lo que no conviene es aceptar sin haber hecho números: eso sí arrastra las deudas a su patrimonio personal.
Se paga poco, no cero. La bonificación es muy alta para los parientes directos, pero la declaración hay que presentarla dentro de los seis meses.
Puede hacerlo entero en remoto. Le pedimos la documentación por correo, la revisamos y le avisamos únicamente cuando haya que firmar ante notario.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: