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Consulta gratuita
Abogado de herencias · Comunidad de Madrid

Abogado de herencias en Moraleja de Enmedio

Menos incertidumbre, menos plazos vencidos y menos discusiones.

Resolvemos herencias, legítimas y reparto de bienes para herederos residentes en Moraleja de Enmedio y le damos una primera orientación gratuita sobre su caso.

  • Hablará siempre con el abogado que lleva su caso
  • Atención presencial en Madrid o por videollamada
  • Más de 15 años en Derecho de Sucesiones

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.

O también mándanos un WhatsAppEscribir por WhatsApp al 711 280 470

¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
4.8Valoración de clientes

Una herencia no se resuelve sola, y casi nunca llega cuando uno tiene la cabeza para ello. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. A los vecinos de Moraleja de Enmedio les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.

Cómo tramitamos su herencia en Moraleja de Enmedio

El expediente arranca con el papeleo básico: los certificados oficiales y la localización del testamento o, si no existe, la declaración de herederos. A continuación inventariamos el patrimonio, lo valoramos y preparamos el reparto entre herederos. Nos ocupamos también del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal, y de inscribir los inmuebles a nombre de los herederos. En los casos que exigen pleito, actuamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Moraleja de Enmedio.

El Impuesto de Sucesiones se liquida en seis meses, y el plazo corre desde el primer día

La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Superar el plazo significa recargos e intereses de demora, y son perfectamente evitables. Si vive en Moraleja de Enmedio, escríbanos y nos ponemos con ello.

Según su caso

¿Hay testamento? De esa respuesta depende casi todo

Caso A Hay testamento

Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.

  • Escritura de aceptación y adjudicación ante notario
  • Certificados de defunción y últimas voluntades
  • Liquidación de impuestos e inscripción de los bienes

Caso B No hay testamento

Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.

  • Determinación legal de quién hereda y en qué proporción
  • Inventario y valoración del caudal hereditario
  • A partir de ahí, partición igual que con testamento
Datos clave

Qué se paga y en cuánto tiempo

Inscripción registral
Liquidados los impuestos, los inmuebles se inscriben a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde radiquen.
Renuncia a la herencia
Debe hacerse de forma expresa ante notario. No cabe renunciar en parte ni condicionar la renuncia.
Documentación de partida
Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y certificado de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.
Declaración de herederos
Solo hace falta si el causante no dejó testamento. Es un acta notarial y suma algunas semanas al proceso.
Lo que necesita saber

Antes de firmar nada: lo que necesita saber

¿Se puede impugnar un testamento?

Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.

¿Qué es exactamente la legítima?

Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.

¿Qué hago nada más fallecer un familiar?

Antes de repartir nada hay que acreditar el fallecimiento y la voluntad del causante. Esos certificados se piden a registros distintos y tienen sus tiempos. Es la parte más mecánica del proceso y la primera de la que nos hacemos cargo.

¿Se paga Impuesto de Sucesiones en Madrid?

Hay que declarar en todo caso. La bonificación madrileña es muy alta para los parientes directos y deja la factura casi a cero, pero se aplica sobre una autoliquidación presentada en plazo. Sin declaración no hay bonificación que valga.

¿Hay que pagar plusvalía al heredar un piso?

Además del Impuesto de Sucesiones está la plusvalía, que cobra el ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda. Son dos tributos distintos, con administraciones distintas y calendarios propios. Nos ocupamos de los dos.

También le ayudamos con

Otros asuntos de sucesiones que llevamos

Aceptación de herenciaInscripción registralHerencia con deudasHerederos en el extranjeroBeneficio de inventarioPlusvalía municipalDeclaración de herederosUsufructo del cónyuge viudo
Qué hacemos

Qué podemos hacer por usted en Moraleja de Enmedio

No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Le decimos qué necesita de verdad y qué no. Esto es lo que cubrimos para Moraleja de Enmedio:

Testamentos y planificación

Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.

Declaración de herederos

Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.

Partición judicial

Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.

Impuesto de Sucesiones

Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.

Herederos en el extranjero

Poderes, apostillas y firma a distancia cuando alguno de los herederos no reside en España.

Aceptación y renuncia

Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.

Por qué elegirnos

Abogado de herencias para Moraleja de Enmedio

Llevamos herencias de clientes de Moraleja de Enmedio desde nuestro despacho de Plaza Castilla. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Lo que puede esperar de nosotros:

Siempre localizables

Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.

Discreción

Las herencias sacan a la luz asuntos que la familia no cuenta fuera. Aquí se quedan.

Todo en un sitio

Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.

Así trabajamos

Así trabajamos, de principio a fin

Nos escribe

Rellena el formulario, nos manda un WhatsApp o nos escribe un correo contándonos qué ha pasado.

Estudiamos su herencia

Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.

Lo ponemos por escrito

Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.

Manos a la obra

Certificados, notaría, impuestos y Registro. Usted solo firma cuando toca.

Atención a clientes de Moraleja de Enmedio

No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Cubrimos Moraleja de Enmedio igual que el resto de la Comunidad de Madrid. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Su abogado de sucesiones

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.

Hablar con el abogado

Cómo llegar al despacho

Nos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Moraleja de Enmedio, conviene pedir cita previa.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre sucesiones en Moraleja de Enmedio

¿Dónde se tramita una herencia si el fallecido vivía en Moraleja de Enmedio?

Se resuelve casi toda ante notario, con libertad para elegir cuál. La inscripción de los bienes corresponde al Registro de la Propiedad donde radiquen. Si acaba habiendo litigio, competen los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Moraleja de Enmedio.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Se hereda igual, solo que antes hay que tramitar una declaración de herederos ante notario que acredite quién hereda según el orden legal. A partir de ahí el proceso es prácticamente el mismo que con testamento.

¿Heredo también las deudas?

Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.

Vivo en Moraleja de Enmedio, ¿tengo que desplazarme al despacho?

Solo si usted quiere. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia a distancia; las firmas que exigen presencia se concentran en una sola cita.

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