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Consulta gratuita
Abogado de herencias · Salamanca

Abogado de herencias en Lista

Le acompañamos en un trámite que nadie querría tener que hacer.

Llevamos la sucesión entera, incluidas las cuestiones fiscales para herederos residentes en Lista explicándole cada paso en un lenguaje que se entiende.

  • Hablará siempre con el abogado que lleva su caso
  • Le decimos desde el principio si le conviene actuar
  • Nos ocupamos del Impuesto de Sucesiones y la plusvalía

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.

O también mándanos un WhatsAppEscribir por WhatsApp al 711 280 470

¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
4.8Valoración de clientes

La mayoría de las personas se enfrenta a una herencia una o dos veces en la vida, y sin saber por dónde empezar. Nuestro trabajo en RA&R Asociados es quitarle ese peso de encima. El barrio de Lista pertenece al distrito de Salamanca, que agrupa 6 barrios en total. A los vecinos de Lista les atendemos como a cualquier cliente: con nombre y teléfono directo.

De qué nos encargamos si hereda en Lista

El expediente arranca con el papeleo básico: los certificados oficiales y la localización del testamento o, si no existe, la declaración de herederos. El siguiente paso es determinar qué entra en la herencia, cuánto vale y cómo se reparte. Y terminamos con lo que casi nadie prevé: los impuestos y el Registro de la Propiedad. Si el asunto se judicializa, la representación corresponde a los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.

Tiene seis meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones

El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.

Según su caso

Su caso concreto: herencia testada o intestada

Caso A Hay testamento

El camino es más corto. El testamento ya dice cómo se reparte, y solo hay que ejecutarlo respetando la legítima de los herederos forzosos.

  • Liquidación de impuestos e inscripción de los bienes
  • Escritura de aceptación y adjudicación ante notario
  • Copia autorizada del testamento

Caso B No hay testamento

Primero hay que determinar legalmente quién hereda, mediante un acta de declaración de herederos ante notario.

  • Acta de declaración de herederos ante notario
  • Mismos plazos fiscales que en una herencia testada
  • Determinación legal de quién hereda y en qué proporción
Datos clave

Qué se paga y en cuánto tiempo

Declaración de herederos
Necesaria cuando no hay testamento. Se tramita ante notario y añade unas semanas al calendario.
Documentación de partida
Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y certificado de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.
Inscripción registral
El último paso: llevar la escritura al Registro de la Propiedad para que los bienes figuren a nombre de quien corresponde.
Plusvalía municipal
La cobra el ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda, con calendario y método de cálculo independientes del Impuesto de Sucesiones.
Impuesto de Sucesiones
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. En Madrid hay bonificación de hasta el 99 % para cónyuge, hijos y padres, pero la declaración se presenta igual.
Lo que necesita saber

Las preguntas que nos hacen los herederos de Lista

¿Qué es exactamente la legítima?

Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.

¿Estoy obligado a aceptar la herencia?

No lo está, y la ley le da dos salidas, ambas con plazo: renunciar o acogerse al beneficio de inventario. Lo que no conviene bajo ningún concepto es aceptar sin saber qué deudas hay detrás, porque eso sí compromete su patrimonio personal.

¿Tengo que pagar aunque en Madrid haya bonificación?

Sí. La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, pero la bonificación no exime de presentar la autoliquidación en plazo. Muchos herederos creen que si no pagan no hay que declarar, y ahí es donde aparecen los recargos.

¿Por dónde se empieza?

Por la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con eso ya se sabe quién hereda. Si usted vive en Lista, podemos pedir esos certificados en su nombre y ahorrarle las gestiones.

También le ayudamos con

Otros asuntos de sucesiones que llevamos

Aceptación de herenciaTestamento abiertoDeclaración de herederosImpuesto de SucesionesReclamación de legítimaAdjudicación de bienesImpugnación de testamentoBeneficio de inventario
Qué hacemos

En qué le ayudamos si hereda en Lista

No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en Lista:

Cuaderno particional

El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.

Plusvalía municipal

El impuesto que se olvida y genera recargos. Lo calculamos y lo liquidamos ante el ayuntamiento que corresponda.

Aceptación y renuncia

Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.

Impuesto de Sucesiones

Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.

Inscripción registral

Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.

Herencias con deudas

Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.

Por qué elegirnos

Qué gana llevando su sucesión de Lista con nosotros

Somos un despacho de Plaza Castilla que da servicio a herederos de Lista. Puede venir a vernos o resolverlo todo a distancia; lo que le resulte más práctico. En qué se nota trabajar con un despacho pequeño:

Discreción

Las herencias sacan a la luz asuntos que la familia no cuenta fuera. Aquí se quedan.

Experiencia real en sucesiones

Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.

Hablamos sin jerga

Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.

Siempre localizables

Hablará con el abogado que lleva su expediente, no con una centralita. Respondemos en menos de 24 horas laborables.

Así trabajamos

Cuatro pasos, ninguna letra pequeña

Primer contacto

Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.

Le orientamos gratis

Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.

Presupuesto cerrado

Si decide seguir, recibe el precio por escrito. Usted decide sin ninguna presión.

Cerramos el expediente

No damos el asunto por terminado hasta que los bienes están a nombre de quien corresponde.

Cómo le atendemos si vive en Lista

Nuestro despacho tiene una sola sede, en Plaza Castilla. Desde ahí damos servicio a Lista y al resto de el distrito de Salamanca. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Quien firma su expediente

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.

Hablar con el abogado

Dónde estamos

Nuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en Lista también en remoto.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre herencias en Lista

¿Se puede repartir si un heredero no colabora?

Sí. Cuando el bloqueo no se desatasca negociando, existe la división judicial de la herencia: el juez acaba aprobando el reparto aunque uno no quiera firmar. Es más lento y más caro, por eso siempre intentamos primero el acuerdo.

Vivo en Lista, ¿tengo que desplazarme al despacho?

Solo si usted quiere. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia a distancia; las firmas que exigen presencia se concentran en una sola cita.

La herencia tiene más deudas que bienes, ¿qué hago?

Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.

¿Hay que pagar el Impuesto de Sucesiones en Madrid?

Se paga poco, no cero. La bonificación es muy alta para los parientes directos, pero la declaración hay que presentarla dentro de los seis meses.

Otras zonas de Salamanca

Herencias en los barrios de Salamanca

También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Salamanca. Elija su barrio para ver el detalle:

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