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Consulta gratuita
Abogado de herencias · Comunidad de Madrid

Abogado de herencias en El Berrueco

Cuando una herencia le desborda, nos ocupamos de todo por usted.

Gestionamos herencias de principio a fin para los vecinos de El Berrueco y le damos una primera orientación gratuita sobre su caso.

  • Nos ocupamos del Impuesto de Sucesiones y la plusvalía
  • Respuesta en menos de 24 horas laborables
  • Buscamos el acuerdo entre herederos antes que el pleito

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.

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¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
4.8Valoración de clientes

Cuando fallece un familiar, la parte jurídica llega en el peor momento posible. Nosotros nos encargamos del expediente completo y le mantenemos informado. Si usted vive en El Berrueco, puede resolver la herencia sin pisar la oficina si así lo prefiere.

De qué nos encargamos si hereda en El Berrueco

Antes de nada hay que saber quién hereda y qué: certificados de defunción y últimas voluntades, y copia autorizada del testamento si lo hay. A continuación inventariamos el patrimonio, lo valoramos y preparamos el reparto entre herederos. Liquidamos los impuestos que correspondan y llevamos la inscripción registral de los bienes. Y si hay que litigar, litigamos: ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a El Berrueco.

Seis meses: ese es el plazo que marca el reloj de toda herencia

El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Es el error más caro y más común. A los clientes de El Berrueco les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.

Según su caso

Su caso concreto: herencia testada o intestada

Caso A Hay testamento

Con testamento el reparto está decidido de antemano; el trabajo es ejecutarlo bien y dentro de plazo.

  • Certificados de defunción y últimas voluntades
  • Liquidación de impuestos e inscripción de los bienes
  • Comprobación de que se respetan las legítimas

Caso B No hay testamento

Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.

  • Mismos plazos fiscales que en una herencia testada
  • Inventario y valoración del caudal hereditario
  • A partir de ahí, partición igual que con testamento
Datos clave

Qué se paga y en cuánto tiempo

Documentación de partida
Defunción, últimas voluntades y seguros de vida. Con esos tres certificados ya se puede empezar a trabajar el expediente.
Legítima
Porción reservada por ley a hijos y, en su defecto, a ascendientes y cónyuge. Un reparto que la vulnere es impugnable.
Impuesto de Sucesiones
Se autoliquida en el plazo de seis meses. Cabe prórroga por otros seis, siempre que se solicite antes de que venza el quinto mes. La bonificación madrileña reduce mucho la cuota, no la obligación de declarar.
Declaración de herederos
Necesaria cuando no hay testamento. Se tramita ante notario y añade unas semanas al calendario.
Renuncia a la herencia
Debe hacerse de forma expresa ante notario. No cabe renunciar en parte ni condicionar la renuncia.
Lo que necesita saber

Lo que conviene tener claro antes de empezar

¿En cuánto tiempo estará resuelto?

Un caso limpio se resuelve en unos dos o tres meses desde que tenemos la documentación completa. Lo que dispara los plazos casi nunca es el papeleo: es la falta de acuerdo entre las personas.

¿Qué pasa si los herederos no se ponen de acuerdo?

Es lo más frecuente y lo más doloroso. Cuando el reparto se bloquea existe la partición judicial, en la que el juez acaba aprobando la división. Antes de llegar ahí intentamos siempre una salida negociada: es más rápida, más barata y deja la familia menos rota. Si hay que ir, vamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a El Berrueco.

¿Qué hago nada más fallecer un familiar?

Antes de repartir nada hay que acreditar el fallecimiento y la voluntad del causante. Esos certificados se piden a registros distintos y tienen sus tiempos. Es la parte más mecánica del proceso y la primera de la que nos hacemos cargo.

Si está bonificado, ¿tengo que declarar igual?

Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron.

¿Estoy obligado a aceptar la herencia?

No lo está, y la ley le da dos salidas, ambas con plazo: renunciar o acogerse al beneficio de inventario. Lo que no conviene bajo ningún concepto es aceptar sin saber qué deudas hay detrás, porque eso sí compromete su patrimonio personal.

También le ayudamos con

Más servicios para herederos de El Berrueco

Partición de herenciaReclamación de legítimaUsufructo del cónyuge viudoCuaderno particionalImpuesto de SucesionesMediación entre herederosDeclaración de herederosImpugnación de testamento
Qué hacemos

Nuestro trabajo en sucesiones para El Berrueco

Hay herencias que se cierran en unas semanas y otras que arrastran años de desacuerdo. Empezamos por entender su situación concreta. Estas son las áreas en las que trabajamos para El Berrueco:

Partición judicial

Cuando los herederos no se ponen de acuerdo, la división judicial desbloquea la herencia. Le representamos en el procedimiento.

Reclamación de legítima

Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.

Testamentos y planificación

Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.

Cuaderno particional

El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.

Impuesto de Sucesiones

Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.

Aceptación y renuncia

Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.

Por qué elegirnos

Por qué confiarnos su herencia en El Berrueco

Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de El Berrueco. Puede venir a vernos o resolverlo todo a distancia; lo que le resulte más práctico. Estas son las cuatro cosas que nos definen:

Precio cerrado

Presupuesto por escrito antes de empezar. Sabrá lo que paga y por qué, sin partidas que aparecen a mitad del proceso.

Control de los plazos

Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. Llevamos su calendario para que no le sorprenda un recargo.

Experiencia real en sucesiones

Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.

Así trabajamos

Cómo llevamos su caso, paso a paso

Se pone en contacto

Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.

Primera consulta gratuita

Le decimos qué se puede hacer, cuánto puede tardar y con qué riesgos.

Plan y precio

Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.

Lo llevamos hasta el final

Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.

Atención a clientes de El Berrueco

La oficina está en Plaza Castilla, en el norte de Madrid. Desde ahí damos servicio a El Berrueco y al resto de la Comunidad de Madrid. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia sin pisar el despacho más de una vez.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Su abogado de sucesiones

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.

Pedir una primera valoración

La sede del despacho

Nuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en El Berrueco también en remoto.

Dudas frecuentes

Dudas habituales de los herederos de El Berrueco

¿Qué juzgado o notaría corresponde a una herencia de El Berrueco?

Se resuelve casi toda ante notario, con libertad para elegir cuál. La inscripción de los bienes corresponde al Registro de la Propiedad donde radiquen. Si acaba habiendo litigio, competen los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a El Berrueco.

¿Hay que pagar el Impuesto de Sucesiones en Madrid?

Casi nada si es hijo, cónyuge o progenitor del fallecido. Ahora bien, la bonificación se aplica sobre una autoliquidación presentada: sin declaración no hay bonificación.

La herencia tiene más deudas que bienes, ¿qué hago?

Puede renunciar, o aceptar a beneficio de inventario, que limita su responsabilidad al valor de lo heredado. Lo que no conviene es aceptar sin haber hecho números: eso sí arrastra las deudas a su patrimonio personal.

¿En cuánto tiempo se cierra una herencia si hay testamento?

Con testamento y acuerdo entre los herederos, lo habitual es de dos a cuatro meses desde que tenemos la documentación. Si aparece desacuerdo o hay que impugnar algo, el plazo se alarga y deja de depender del despacho.

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