Escritura de herencia
La manifestación y adjudicación ante notario, preparada y revisada antes de que nadie firme nada.
Cuando una herencia le desborda, nos ocupamos de todo por usted.
Gestionamos herencias de principio a fin para quienes viven en San Fernando de Henares atendiendo presencialmente en Madrid o de forma totalmente telemática.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
Nadie está preparado para gestionar una sucesión mientras asimila una pérdida. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. Cubrimos San Fernando de Henares con la misma dedicación que cualquier otro caso del despacho.
Lo primero es reunir la documentación: los certificados oficiales y la localización del testamento o, si no existe, la declaración de herederos. Después viene el inventario de bienes y deudas, la valoración del caudal y el cuaderno particional. La parte tributaria queda fuera de lo que prestamos. Le decimos qué hay que presentar y cuándo, para que no le sorprenda un recargo, pero quien lo presenta es su asesor fiscal. La inscripción en el Registro de la Propiedad sí la asumimos nosotros. Y si hay que litigar, litigamos: ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a San Fernando de Henares.
Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció
En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Puede prorrogarse otros seis, pero hay que pedirlo dentro de los cinco primeros meses: pasada esa fecha ya no hay prórroga posible. Si ha perdido a un familiar y reside en San Fernando de Henares, cuanto antes empecemos, más margen tendremos. Nosotros llevamos el calendario por usted.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Primero hay que determinar legalmente quién hereda, mediante un acta de declaración de herederos ante notario.
Se puede, pero no por estar en desacuerdo con el reparto. Hay que acreditar una causa: que el testador no estaba en condiciones de testar, que hubo engaño o presión, o que se dejó fuera a un heredero forzoso. Antes de plantear nada le decimos con franqueza si el caso tiene recorrido.
Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron. La presentación en sí no la hacemos nosotros, pero le avisamos de la fecha.
Se paga en el ayuntamiento, no en la Comunidad, y por eso se pasa por alto tan a menudo. Cuando la herencia incluye inmuebles en varios municipios hay que liquidarla en cada uno. Es trabajo de un asesor fiscal; nosotros le dejamos valorado lo que necesita para hacerlo.
Lo fijamos después de ver el caso, nunca antes. En la consulta gratuita estudiamos el expediente y le pasamos un importe cerrado. Si prefiere no continuar, no debe nada por esa valoración.
Hay herencias que se cierran en unas semanas y otras que arrastran años de desacuerdo. Adaptamos la intervención a lo que realmente hace falta. Esto es lo que ofrecemos en San Fernando de Henares:
La manifestación y adjudicación ante notario, preparada y revisada antes de que nadie firme nada.
Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.
El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
Atendemos sucesiones de San Fernando de Henares desde nuestra oficina en Plaza Castilla, en Madrid. No le vamos a hacer venir a firmar cosas que se pueden firmar de otra manera. Lo que puede esperar de nosotros:
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.
Notaría y Registro los llevamos nosotros; los impuestos, su asesor fiscal. Se lo decimos en la primera consulta, no a mitad del expediente.
Un pleito entre hermanos cuesta dinero y cuesta familia. Solo vamos a juicio cuando no queda otra salida razonable.
Rellena el formulario, nos manda un WhatsApp o nos escribe un correo contándonos qué ha pasado.
Le decimos qué se puede hacer, cuánto puede tardar y con qué riesgos.
Con el presupuesto delante y sin prisa. Si prefiere no seguir, no debe nada.
Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.
Nuestro despacho tiene una sola sede, en Plaza Castilla. Y desde ahí atendemos a clientes de San Fernando de Henares y de toda la Comunidad de Madrid. La mayoría de nuestros clientes resuelve su herencia sin pisar el despacho más de una vez.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.
Pedir una primera valoraciónNuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en San Fernando de Henares también en remoto.
Sí. Se abre la sucesión intestada: un acta notarial determina los herederos conforme a la ley y luego se reparte con normalidad. Suma unas semanas al calendario.
Ningún heredero puede tener la herencia paralizada indefinidamente. La partición judicial existe justo para eso. Antes de acudir a ella agotamos la vía del acuerdo, que sale mejor a todos.
No está obligado a aceptar. Antes de decidir cuantificamos activo y pasivo; con esos números en la mano la decisión suele ser evidente.
La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, así que en la práctica se paga muy poco. Pero hay que presentar la autoliquidación en plazo igualmente: no declarar es lo que genera recargos.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Estos son otros municipios con página propia: