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Abogado de herencias · Comunidad de Madrid

Abogado de herencias en Puentes Viejas

Hablamos claro, damos precio cerrado y respondemos al teléfono.

Tramitamos herencias, testamentos y particiones para clientes de Puentes Viejas con atención directa del abogado y honorarios cerrados por escrito.

  • Hablará siempre con el abogado que lleva su caso
  • Respuesta en menos de 24 horas laborables
  • Le decimos desde el principio si le conviene actuar

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.

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Con un resumen basta para orientarle. No incluya en este primer mensaje su DNI, datos de menores, informes médicos ni documentación: si hace falta, se la pediremos después por un canal seguro. Sus datos los trata RYR ASESORES S.L. para responder a su consulta y no se ceden a terceros; puede ejercer sus derechos como se explica en la política de privacidad.

  • Le contesta un abogado, no un comercial
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¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
5,0Valoración de clientes

Los trámites de una sucesión no esperan a que la familia esté lista para afrontarlos. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. Trabajamos con herederos de Puentes Viejas de forma presencial o completamente en remoto.

El recorrido completo de una sucesión en Puentes Viejas

Lo primero es reunir la documentación: certificados del Registro Civil y del Registro de Actos de Última Voluntad. Luego hay que inventariar el activo y el pasivo y redactar la partición. Conviene decirlo pronto: los impuestos —Sucesiones y plusvalía— los presenta usted o su asesor fiscal, no nosotros. Nuestro trabajo termina en la escritura y en la inscripción registral, que es la parte que pone los bienes efectivamente a nombre de los herederos. En los casos que exigen pleito, actuamos ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Puentes Viejas.

Los recargos del Impuesto de Sucesiones empiezan al mes siete

La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.

Dos escenarios

Con testamento o sin testamento: cómo cambia su herencia en Puentes Viejas

Caso A Hay testamento

Es la vía rápida: la voluntad del causante está escrita y basta con cumplirla sin vulnerar las legítimas.

  • Certificados de defunción y últimas voluntades
  • Copia autorizada del testamento
  • Comprobación de que se respetan las legítimas

Caso B No hay testamento

Primero hay que determinar legalmente quién hereda, mediante un acta de declaración de herederos ante notario.

  • Determinación legal de quién hereda y en qué proporción
  • Acta de declaración de herederos ante notario
  • Inventario y valoración del caudal hereditario
Datos clave

Plazos e impuestos de una herencia en Puentes Viejas

Renuncia a la herencia
Debe hacerse de forma expresa ante notario. No cabe renunciar en parte ni condicionar la renuncia.
Impuesto de Sucesiones
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. En Madrid hay bonificación de hasta el 99 % para cónyuge, hijos y padres, pero la declaración se presenta igual.
Inscripción registral
Liquidados los impuestos, los inmuebles se inscriben a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde radiquen.
Plusvalía municipal
La cobra el ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda, con calendario y método de cálculo independientes del Impuesto de Sucesiones.
Lo que necesita saber

Lo que conviene tener claro antes de empezar

¿Qué me va a costar todo esto?

No damos una tarifa de catálogo porque una herencia con un heredero y un piso no se parece a otra con cinco herederos y una empresa. Lo que sí hacemos siempre es cerrar el precio por escrito antes de mover un papel.

Si está bonificado, ¿tengo que declarar igual?

Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron. La presentación en sí no la hacemos nosotros, pero le avisamos de la fecha.

¿Y si un heredero bloquea el reparto?

Ningún heredero puede mantener una herencia congelada para siempre. La división judicial de patrimonios existe justo para desatascar esos casos, y se sustancia ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Puentes Viejas. Dicho esto, casi siempre sale mejor negociar: un pleito entre hermanos cuesta años y cuesta relación.

¿Qué hago si hay más deudas que bienes?

Nadie hereda por obligación. Existe la renuncia y existe el beneficio de inventario, que pone un tope a lo que usted responde: nunca más allá del valor de lo recibido. Lo importante es hacer números antes de firmar, no después.

También le ayudamos con

También le ayudamos con esto en Puentes Viejas

Herederos en el extranjeroAdjudicación de bienesRenuncia a la herenciaEscritura de particiónBeneficio de inventarioAceptación de herenciaDeclaración de herederosCuaderno particional
Qué hacemos

Qué podemos hacer por usted en Puentes Viejas

No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Le decimos qué necesita de verdad y qué no. Esto es lo que cubrimos para Puentes Viejas:

Testamentos y planificación

Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con el reparto previsto al detalle.

Impugnación de testamento

Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.

Herencias con deudas

Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.

Inscripción registral

Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.

Escritura de herencia

La manifestación y adjudicación ante notario, preparada y revisada antes de que nadie firme nada.

Tramitación completa de la herencia

Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.

Por qué elegirnos

Abogado de herencias para Puentes Viejas

Llevamos herencias de clientes de Puentes Viejas desde nuestro despacho de Plaza Castilla. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Lo que puede esperar de nosotros:

Sabrá qué es nuestro y qué no

Notaría y Registro los llevamos nosotros; los impuestos, su asesor fiscal. Se lo decimos en la primera consulta, no a mitad del expediente.

Le avisamos de los plazos

Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. No presentamos nosotros el impuesto, pero se lo recordamos a tiempo para que nadie se coma un recargo.

Sin desplazamientos

Gestionamos casi todo en remoto y le citamos presencialmente solo cuando es imprescindible.

Le damos una previsión realista

Le decimos cuánto puede tardar y qué puede salir mal, para que no dependa de un calendario imaginario.

Así trabajamos

Cuatro pasos, ninguna letra pequeña

Nos escribe

Rellena el formulario, nos manda un WhatsApp o nos escribe un correo contándonos qué ha pasado.

Le orientamos gratis

Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.

Lo ponemos por escrito

Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.

Nos encargamos

Tramitamos el expediente completo y le avisamos en cada hito, sin que tenga que perseguirnos.

Cobertura en Puentes Viejas

Nuestro despacho tiene una sola sede, en Plaza Castilla. Y desde ahí atendemos a clientes de Puentes Viejas y de toda la Comunidad de Madrid. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Con quién va a hablar

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Lleva el área de sucesiones del despacho. Veinte años de ejercicio y cientos de herencias tramitadas en Madrid, siempre con trato directo con el cliente.

Hablar con el abogado

Dónde estamos

Estamos en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, 28046 Madrid. Puede visitarnos o, si le viene mejor desde Puentes Viejas, resolverlo todo por videollamada.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre sucesiones en Puentes Viejas

Mi padre no dejó testamento, ¿qué hacemos?

La ley suple la falta de testamento con un orden de llamamientos. Hay que documentarlo ante notario, y con esa acta ya se puede inventariar, liquidar impuestos y repartir.

¿Hay que pagar el Impuesto de Sucesiones en Madrid?

La Comunidad de Madrid bonifica hasta el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres, así que en la práctica se paga muy poco. Pero hay que presentar la autoliquidación en plazo igualmente: no declarar es lo que genera recargos.

Somos varios hermanos y uno bloquea la herencia, ¿hay solución?

Sí. Cuando el bloqueo no se desatasca negociando, existe la división judicial de la herencia: el juez acaba aprobando el reparto aunque uno no quiera firmar. Es más lento y más caro, por eso siempre intentamos primero el acuerdo.

La herencia tiene más deudas que bienes, ¿qué hago?

No está obligado a aceptar. Antes de decidir cuantificamos activo y pasivo; con esos números en la mano la decisión suele ser evidente.

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