Declaración de herederos
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
No tiene que entender de sucesiones: para eso estamos nosotros.
Resolvemos herencias, legítimas y reparto de bienes si usted reside en Olmeda de las Fuentes explicándole cada paso en un lenguaje que se entiende.
Le respondemos en menos de 24 h. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
En una herencia el reloj empieza a correr desde el mismo día del fallecimiento. RA&R Asociados se hace cargo de todo el procedimiento, del primer certificado a la última firma. Atendemos a clientes de Olmeda de las Fuentes sin que tengan que hacer colas ni desplazamientos.
Empezamos por lo imprescindible: certificados del Registro Civil y del Registro de Actos de Última Voluntad. Luego hay que inventariar el activo y el pasivo y redactar la partición. Liquidamos los impuestos que correspondan y llevamos la inscripción registral de los bienes. Cuando no hay acuerdo y hay que acudir a la vía judicial, defendemos su posición ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Olmeda de las Fuentes.
Seis meses: ese es el plazo que marca el reloj de toda herencia
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Existe una prórroga de otros seis meses, aunque debe solicitarse antes de que se agote el quinto mes. Es el error más caro y más común. A los clientes de Olmeda de las Fuentes les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Primero hay que determinar legalmente quién hereda, mediante un acta de declaración de herederos ante notario.
Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron.
Antes de repartir nada hay que acreditar el fallecimiento y la voluntad del causante. Esos certificados se piden a registros distintos y tienen sus tiempos. Es la parte más mecánica del proceso y la primera de la que nos hacemos cargo.
Puede hacer tres cosas: aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario —lo que limita su responsabilidad a lo que valga la herencia— o renunciar. Antes de que decida, cuantificamos el activo y el pasivo, porque una vez aceptada pura y simplemente no hay marcha atrás.
Es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados familiares y de la que el testador no puede disponer libremente. Si un reparto la vulnera, el heredero perjudicado puede reclamarla. Es una de las causas más habituales de conflicto en las herencias que llegan al despacho.
Antes de mover un papel conviene saber qué tipo de herencia tenemos delante. Le decimos qué necesita de verdad y qué no. Esto es lo que cubrimos para Olmeda de las Fuentes:
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con la fiscalidad estudiada.
Estudiamos si compensa aceptar, limitar la responsabilidad o renunciar, para que no herede un problema.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Cálculo, aplicación de las bonificaciones de la Comunidad de Madrid y presentación dentro de plazo.
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de Olmeda de las Fuentes. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. En qué se nota trabajar con un despacho pequeño:
Notaría, Hacienda, ayuntamiento y Registro. No tendrá que coordinar a cuatro profesionales distintos.
Más de quince años y cientos de herencias resueltas en Madrid. Conocemos las notarías, los registros y los plazos.
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Las herencias sacan a la luz asuntos que la familia no cuenta fuera. Aquí se quedan.
Un mensaje basta para empezar. No necesita traer nada preparado.
Analizamos el caso y le damos una opinión honesta, aunque sea que no merece la pena actuar.
Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.
Del primer papel a la inscripción de los bienes, informándole de cada avance.
No tenemos delegaciones: el despacho está en Plaza Castilla y solo allí. Desde ahí damos servicio a Olmeda de las Fuentes y al resto de la Comunidad de Madrid. Puede venir a vernos, o resolverlo por videollamada y correo: gestionamos la documentación de forma telemática de principio a fin.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.
Pedir una primera valoraciónNos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Olmeda de las Fuentes, conviene pedir cita previa.
Puede hacerlo entero en remoto. Le pedimos la documentación por correo, la revisamos y le avisamos únicamente cuando haya que firmar ante notario.
Si nadie discute el reparto, en unos dos o tres meses puede estar todo firmado e inscrito. Añada algunas semanas si hay inmuebles en varias provincias.
Se heredan bienes y deudas juntos, pero hay salidas: la renuncia y el beneficio de inventario. Ambas tienen plazos, así que conviene no dejarlo correr.
Depende del patrimonio, del número de herederos y de si hay conflicto, así que no damos una tarifa genérica. Lo que sí damos siempre es un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. La primera consulta no se cobra.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Consulte también estos municipios cercanos: