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Abogado de herencias · Moratalaz

Abogado de herencias en Media Legua

Herencias resueltas con criterio y sin desgastar a la familia.

Resolvemos herencias, legítimas y reparto de bienes si usted reside en Media Legua desde nuestro despacho de Plaza Castilla, en persona o por videollamada.

  • Más de 15 años en Derecho de Sucesiones
  • Le decimos desde el principio si le conviene actuar
  • Gestión telemática de toda la documentación

Cuéntenos su caso

Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.

Para escribirle por WhatsApp. No llamamos sin avisar antes.

Con un resumen basta para orientarle. No incluya en este primer mensaje su DNI, datos de menores, informes médicos ni documentación: si hace falta, se la pediremos después por un canal seguro. Sus datos los trata RYR ASESORES S.L. para responder a su consulta y no se ceden a terceros; puede ejercer sus derechos como se explica en la política de privacidad.

  • Le contesta un abogado, no un comercial
  • Primera consulta gratuita
  • Confidencial desde el primer mensaje

O también mándanos un WhatsAppEscribir por WhatsApp al 711 280 470

¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.

+15Años de experiencia
+800Casos resueltos
92%Sentencias favorables
5,0Valoración de clientes

La mayoría de las personas se enfrenta a una herencia una o dos veces en la vida, y sin saber por dónde empezar. Nosotros nos encargamos del expediente completo y le mantenemos informado. Media Legua forma parte de Moratalaz, junto a barrios como Pavones, Horcajo y Marroquina. Trabajamos con herederos de Media Legua de forma presencial o completamente en remoto.

De qué nos encargamos si hereda en Media Legua

La sucesión empieza por documentar el fallecimiento y la voluntad del causante: certificados del Registro Civil y del Registro de Actos de Última Voluntad. Después viene el inventario de bienes y deudas, la valoración del caudal y el cuaderno particional. La liquidación del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal no entra en nuestro encargo: de eso se ocupa un asesor fiscal. Lo que sí hacemos es dejarle el expediente listo para que pueda presentarlas, y llevar después la inscripción de los inmuebles en el Registro. Cuando no hay acuerdo y hay que acudir a la vía judicial, defendemos su posición ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla.

El Impuesto de Sucesiones se liquida en seis meses, y el plazo corre desde el primer día

En la Comunidad de Madrid, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones vence a los seis meses del fallecimiento. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Nadie está pensando en Hacienda las semanas siguientes a un fallecimiento, y es justo cuando empieza a contar. Deje que lo vigilemos nosotros.

Dos escenarios

Su caso concreto: herencia testada o intestada

Caso A Hay testamento

Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.

  • Certificados de defunción y últimas voluntades
  • Copia autorizada del testamento
  • Escritura de aceptación y adjudicación ante notario

Caso B No hay testamento

Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.

  • Acta de declaración de herederos ante notario
  • Inventario y valoración del caudal hereditario
  • Determinación legal de quién hereda y en qué proporción
Datos clave

Plazos, impuestos y tiempos en Media Legua

Declaración de herederos
Necesaria cuando no hay testamento. Se tramita ante notario y añade unas semanas al calendario.
Impuesto de Sucesiones
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide dentro de los cinco primeros. En Madrid hay bonificación de hasta el 99 % para cónyuge, hijos y padres, pero la declaración se presenta igual.
Inscripción registral
El último paso: llevar la escritura al Registro de la Propiedad para que los bienes figuren a nombre de quien corresponde.
Duración estimada
De dos a cuatro meses con testamento y acuerdo. Sin acuerdo entre herederos, el plazo lo marcan los tribunales.
Renuncia a la herencia
Es irrevocable y se formaliza ante notario. Antes de plantearla conviene haber cuantificado el activo y el pasivo.
Lo que necesita saber

Antes de firmar nada: lo que necesita saber

¿Por dónde se empieza?

Por la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con eso ya se sabe quién hereda. Si usted vive en Media Legua, podemos pedir esos certificados en su nombre y ahorrarle las gestiones.

¿Y si un heredero bloquea el reparto?

Ningún heredero puede mantener una herencia congelada para siempre. La división judicial de patrimonios existe justo para desatascar esos casos, y se sustancia ante los Juzgados de Familia de Madrid, en Plaza de Castilla. Dicho esto, casi siempre sale mejor negociar: un pleito entre hermanos cuesta años y cuesta relación.

Si está bonificado, ¿tengo que declarar igual?

Pagar, poco; declarar, siempre. Es la confusión más cara que vemos: familias que dan por hecho que al no salir a pagar no hay trámite, y se encuentran con recargos por una declaración que nunca presentaron. La presentación en sí no la hacemos nosotros, pero le avisamos de la fecha.

¿Puedo renunciar si la herencia trae deudas?

Puede hacer tres cosas: aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario —lo que limita su responsabilidad a lo que valga la herencia— o renunciar. Antes de que decida, cuantificamos el activo y el pasivo, porque una vez aceptada pura y simplemente no hay marcha atrás.

¿Puede mi padre dejarme fuera del testamento?

La legítima es el suelo que la ley garantiza a los herederos forzosos: por mucho que diga el testamento, hay una porción que no se les puede quitar. Cuando el reparto no la respeta, existe acción para reclamar la diferencia.

También le ayudamos con

Consultas frecuentes que resolvemos

Herencia con deudasMediación entre herederosBeneficio de inventarioUsufructo del cónyuge viudoRenuncia a la herenciaImpugnación de testamentoHerederos en el extranjeroTestamento abierto
Qué hacemos

Qué podemos hacer por usted en Media Legua

No todas las herencias necesitan lo mismo ni cuestan lo mismo. Le decimos qué necesita de verdad y qué no. Esto es lo que cubrimos para Media Legua:

Albaceas y contadores-partidores

Asesoramiento a quien ostenta el cargo, y actuación como contador-partidor cuando se nos designa.

Impugnación de testamento

Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.

Testamentos y planificación

Redactar hoy el testamento que evite el conflicto de mañana, con el reparto previsto al detalle.

Aceptación y renuncia

Aceptar sin más, aceptar a beneficio de inventario o renunciar. Analizamos el activo y el pasivo antes de que decida.

Reclamación de legados

Cuando el testamento le deja un bien concreto y los herederos no se lo entregan.

Cuaderno particional

El documento que fija cómo se reparte el caudal. Bien redactado, evita la mayoría de los conflictos posteriores.

Por qué elegirnos

Abogado de herencias para Media Legua

Llevamos herencias de clientes de Media Legua desde nuestro despacho de Plaza Castilla. Puede venir a vernos o resolverlo todo a distancia; lo que le resulte más práctico. Nuestra forma de trabajar, en corto:

Hablamos sin jerga

Nada de latinajos para impresionar. Le explicamos en qué punto está y qué viene después con palabras normales.

Sabrá qué es nuestro y qué no

Notaría y Registro los llevamos nosotros; los impuestos, su asesor fiscal. Se lo decimos en la primera consulta, no a mitad del expediente.

Sin desplazamientos

Gestionamos casi todo en remoto y le citamos presencialmente solo cuando es imprescindible.

Así trabajamos

Qué pasa desde que nos escribe

Primer contacto

Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.

Estudiamos su herencia

Revisamos documentación, plazos y posibles conflictos antes de proponerle nada.

Lo ponemos por escrito

Qué vamos a hacer, en qué plazos y cuánto cuesta. Firmado antes de empezar.

Manos a la obra

Certificados, notaría, impuestos y Registro. Usted solo firma cuando toca.

Media Legua: presencial o en remoto

La oficina está en Plaza Castilla, en el norte de Madrid. Eso no impide que llevemos asuntos de Media Legua con normalidad. Usted elige: reunión presencial en la oficina o atención completamente a distancia.

Despacho de RA&R Asociados en Plaza Castilla, Madrid
Raúl Rodríguez Jiménez
Su abogado de sucesiones

Raúl Rodríguez Jiménez

Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios

Más de dos décadas dedicadas al Derecho de Sucesiones en Madrid: testamentos, particiones y los repartos que nadie consigue desbloquear.

Hablar con el abogado

La sede del despacho

Nos encontrará en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2 (28046 Madrid), junto a Plaza Castilla. Si viene desde Media Legua, conviene pedir cita previa.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre herencias en Media Legua

¿En cuánto tiempo se cierra una herencia si hay testamento?

Entre dos y cuatro meses en un caso normal. Lo que dispara los plazos casi nunca es el papeleo: es que los herederos no se pongan de acuerdo.

¿Me pueden dar un precio antes de empezar?

Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Se hereda igual, solo que antes hay que tramitar una declaración de herederos ante notario que acredite quién hereda según el orden legal. A partir de ahí el proceso es prácticamente el mismo que con testamento.

¿Qué pasa si un heredero se niega a firmar?

Ningún heredero puede tener la herencia paralizada indefinidamente. La partición judicial existe justo para eso. Antes de acudir a ella agotamos la vía del acuerdo, que sale mejor a todos.

Otras zonas de Moratalaz

Herencias en los barrios de Moratalaz

También asesoramos a vecinos del resto de barrios del distrito de Moratalaz. Elija su barrio para ver el detalle:

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