Inscripción registral
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Una herencia bien llevada evita años de conflicto familiar.
Gestionamos herencias de principio a fin para quienes viven en Horcajo de la Sierra-Aoslos con más de quince años de experiencia y primera consulta gratuita.
Le respondemos en menos de 24 h laborables. Valoración gratuita y sin compromiso.
¿Prefiere otra vía? Escríbanos a abogado.madrid.raul@gmail.com o consulte todas las formas de contacto.
La mayoría de las personas se enfrenta a una herencia una o dos veces en la vida, y sin saber por dónde empezar. En RA&R Asociados llevamos más de quince años haciendo exactamente eso. Trabajamos con herederos de Horcajo de la Sierra-Aoslos de forma presencial o completamente en remoto.
La sucesión empieza por documentar el fallecimiento y la voluntad del causante: los certificados oficiales y la localización del testamento o, si no existe, la declaración de herederos. Después viene el inventario de bienes y deudas, la valoración del caudal y el cuaderno particional. La liquidación del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal no entra en nuestro encargo: de eso se ocupa un asesor fiscal. Lo que sí hacemos es dejarle el expediente listo para que pueda presentarlas, y llevar después la inscripción de los inmuebles en el Registro. Y si hay que litigar, litigamos: ante los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Horcajo de la Sierra-Aoslos.
Casi todos los problemas fiscales de una herencia nacen de un plazo que venció
La normativa da seis meses desde el fallecimiento para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones en Madrid. Cabe pedir una prórroga de seis meses más, siempre que la solicitud entre dentro de los cinco primeros. Es el error más caro y más común. A los clientes de Horcajo de la Sierra-Aoslos les llevamos el calendario fiscal desde el primer día.
Aquí no hay que averiguar quién hereda: ya está dicho. Queda ejecutar y liquidar.
Falta el paso previo: acreditar ante notario quiénes son los llamados a heredar y en qué proporción.
Depende sobre todo de dos cosas: si hay testamento y si hay entendimiento. Con ambas a favor, unos meses. Sin ninguna de las dos, el calendario lo marca el juzgado y conviene no hacerse ilusiones con las fechas.
La impugnación existe, aunque no es un recurso contra lo que a uno le ha parecido injusto. Se necesita una causa concreta y prueba de ella: falta de capacidad, vicio del consentimiento o preterición. Le diremos sin rodeos si su caso la tiene.
Lo fijamos después de ver el caso, nunca antes. En la consulta gratuita estudiamos el expediente y le pasamos un importe cerrado. Si prefiere no continuar, no debe nada por esa valoración.
Por la documentación: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si existe, copia autorizada del testamento. Con eso ya se sabe quién hereda. Si usted vive en Horcajo de la Sierra-Aoslos, podemos pedir esos certificados en su nombre y ahorrarle las gestiones.
Un testamento no lo puede todo. Hay una parte del caudal reservada por ley a hijos, y en su defecto a padres y al cónyuge. Si le han dejado por debajo de lo que le corresponde, se puede reclamar, y conviene no dejar pasar el tiempo.
Lo que en una familia se resuelve con una firma, en otra requiere un procedimiento entero. Estudiamos primero y presupuestamos después. Estos son los servicios que prestamos en Horcajo de la Sierra-Aoslos:
Que los inmuebles queden efectivamente a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.
Cuando no hay testamento, hay que determinar ante notario quién hereda y en qué proporción. Preparamos el acta y la documentación.
Nulidad por falta de capacidad del testador, vicios del consentimiento o preterición de herederos forzosos.
Del primer certificado a la inscripción de los bienes. Usted firma; del resto nos ocupamos nosotros.
Buscar el acuerdo antes que el pleito: sale más barato, más rápido y deja la familia menos rota.
Defensa del heredero forzoso al que el reparto deja por debajo de lo que la ley le reserva.
Nuestra sede está en Plaza Castilla y desde allí llevamos las herencias de Horcajo de la Sierra-Aoslos. La distancia no cambia nada: el expediente se lleva igual y usted se entera de todo. Nuestra forma de trabajar, en corto:
El abogado que estudia su herencia es el que la lleva hasta el final. Sin intermediarios ni traspasos de expediente.
Si su caso es difícil o tiene poco recorrido, se lo diremos en la primera consulta. Preferimos perder un encargo a venderle un procedimiento que no le conviene.
Los seis meses del Impuesto de Sucesiones se pasan volando. No presentamos nosotros el impuesto, pero se lo recordamos a tiempo para que nadie se coma un recargo.
Nos cuenta la situación por el canal que prefiera. Sin compromiso y sin coste.
Estudiamos la situación y le explicamos sus opciones reales en menos de 24 horas.
Le proponemos una estrategia concreta con un importe cerrado, sin letra pequeña.
Certificados, notaría, impuestos y Registro. Usted solo firma cuando toca.
Nuestro despacho tiene una sola sede, en Plaza Castilla. Eso no impide que llevemos asuntos de Horcajo de la Sierra-Aoslos con normalidad. Si prefiere no desplazarse, no hace falta: firmamos y tramitamos en remoto siempre que la ley lo permite.

Raúl Rodríguez Jiménez
Abogado — Herencias, Testamentos y Divorcios
Especialista en herencias, testamentos y particiones. Más de veinte años resolviendo sucesiones y conflictos entre herederos en Madrid, con atención personal en cada expediente.
Hablar con el abogadoNuestra oficina está en Plaza Castilla 3 bis, 7º – Of. 2, en Madrid. Trabajamos con cita previa y atendemos a quienes viven en Horcajo de la Sierra-Aoslos también en remoto.
La mayor parte de una herencia no pasa por el juzgado: la aceptación y la partición se firman ante notario, y los inmuebles se inscriben en el Registro de la Propiedad del lugar donde estén. Solo si hay pleito interviene un juzgado, y en ese caso serían los juzgados de primera instancia del partido judicial que corresponde a Horcajo de la Sierra-Aoslos.
Hay salida, aunque no sea la rápida. La ley prevé un procedimiento para dividir el caudal sin la firma de todos. Le explicamos qué le costaría en tiempo y en dinero antes de plantearlo.
No está obligado a aceptar. Antes de decidir cuantificamos activo y pasivo; con esos números en la mano la decisión suele ser evidente.
Sí, y por escrito. Estudiamos el caso en la consulta gratuita y le pasamos un importe cerrado. Si decide no continuar, no debe nada.
Damos servicio de herencias en toda la Comunidad de Madrid. Estos son otros municipios con página propia: